AVANCAN CAMBIOS SOBRE TRAMITACIÓN AMBIENTAL
El gobierno del Presidente Jose Antonio Kast ingreso indicaciones a su proyecto de megareforma, donde destacan cambios en los plazos de tramitacion ambiental. Originalmente se proponia que los organos sectoriales dieran respuesta en seis meses, ahora se extiende a un año e involucra a todos los actos administrativos del Estado. El ministro de Hacienda, Jorge Quiroz, explico que el cambio responde a criticas sobre plazos acotados y constitucionalidad.
La Comision de Medio Ambiente del Senado reviso las indicaciones y las aprobo con cuatro votos y una abstencion del senador Alfonso De Urresti, quien hizo reserva de constitucionalidad por posible afectacion a la ley indigena.
TRAMITACIÓN AMBIENTAL
Se da pie atras a la eliminacion del Comité de Ministro, pero se le obliga a sesionar al menos 10 veces al año. Para las Declaraciones de Impacto Ambiental (DIA), el director ejecutivo del SEA resolvera las reclamaciones. Para las Evaluaciones de Impacto Ambiental (EIA), se establecen condiciones segun quien reclame: quienes hicieron observaciones durante la participacion ciudadana solo podran basar su reclamo en esas observaciones o vicios procedimentales; quienes no hicieron observaciones solo podran alegar aspectos no evaluados que les afecten directamente.
Los plazos para reclamar son de 30 dias tras la aprobacion o rechazo del proyecto, y la respuesta debe darse entre 30 y 60 dias segun sea EIA o DIA. Luego, la resolucion solo podra ser reclamada ante el Tribunal Ambiental en 20 dias. Si el Director o Comité no resuelve en plazo, el reclamante puede solicitar resolucion en 5 dias; si cumplido ese plazo no hay respuesta, cualquiera de las partes interesadas podra solicitar otros 5 dias. Si aun no hay respuesta, el recurso se entiende rechazado.
AJUSTE EN LA COMPENSACIÓN
Cuando una Resolucion de Calificacion Ambiental (RCA) es anulada por sentencia, el titular puede optar por continuar el proceso o pedir indemnizacion, que cubre gastos en areas no reversibles ni reutilizables, excluyendo casos de antecedentes falsos. Un registro publico de peritos mediante concurso publico manejara este proceso. La Corte de Apelaciones de Santiago puede suspender el pago de indemnizacion. Todo debe realizarse en un plazo no superior a 30 dias habiles.
HALLAZGOS ARQUEOLÓGICOS
Se excluye de silencios administrativos cualquier hallazgo que involucre restos humanos u osamentas. Las obras se paralizan de inmediato y requieren aprobacion del Consejo de Monumentos Nacionales para reanudar. Quienes falsamente reporten hallazgos arqueologicos menores seran sancionados con multas o presidio menor.
CAMBIOS EN LA PESCA
Las relocalizaciones de centros de cultivo deberan pasar por el Sistema de Evaluacion de Impacto Ambiental, junto con un plan de abandono y cierre. Se permiten microrelocalizaciones de hasta 350 metros, una sola vez, sin traslapar con zonas de pesca artesanal o protegidas. Las resoluciones deben enviarse al Congreso.
La Subsecretaria de Pesca podra determinar la existencia de bancos naturales mediante informes tecnicos basados en informacion de terceros. Se establecen recargos por no uso de concesiones: del tercer al quinto año, 60% adicional por hectarea; del sexto al decimo, triple. Las empresas con procesos de caducidad pueden salvar concesiones pagando recargos.
Se elimina la exigencia de tecnologia para monitorear parametros ambientales para evitar duplicidades con la Superintendencia del Medio Ambiente. Sernapesca sera el encargado de elaborar la informacion ambiental a cargo de los titulares.
La discusion de la megareforma continua este miercoles en la Comision de Trabajo del Senado.
Fuente: La Tercera
Nota del Editor Fotografia referencial generada por Inteligencia Artificial.
