Condenan a dos adolescentes a ocho años de internación cerrada por el homicidio de un joven en Coronel: el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Concepción los declaró coautores de un delito consumado y les impuso además una pena complementaria por porte ilegal de arma de fuego.
En un fallo unánime, las magistradas Marcela Norris Bustos, presidenta de la sala, Paola Schisano Pérez y Antonia Flores Rubilar, esta última como redactora, dieron por acreditado que los imputados B.I.H.V. y D.I.V.S. actuaron conforme a un plan previo para dar muerte a Cristián Yévenes Montecinos en junio de 2024, en el balneario de Playa Blanca, comuna de Coronel.
La resolución del tribunal oral combina una sanción privativa de libertad en régimen cerrado con un programa de reinserción social y una medida de libertad asistida especial.
LOS HECHOS ACREDITADOS
El tribunal fijó como fecha del crimen la tarde noche del 10 de junio de 2024. Esa jornada, B.I.H.V. y D.I.V.S. se reunieron con la víctima y la trasladaron hasta Playa Blanca, donde le dispararon en reiteradas ocasiones. La víctima falleció en el lugar producto de un traumatismo torácico complicado por impacto balístico.
La sentencia estableció que los dos adolescentes actuaron de acuerdo con un acuerdo previo, lo que permitió al tribunal calificar el ilícito como homicidio calificado. La coautoría se sustentó en la participación directa de ambos en la ejecución del plan criminal.
El fallo también abordó un segundo episodio: la tarde del 22 de octubre de 2024, personal de la Policía de Investigaciones detuvo a los imputados en la intersección de calle Camilo Henríquez con pasaje Cancha Rayada, en la población Polvorín, comuna de Lota. En ese procedimiento se les incautó un revólver calibre .38 especial con cinco cartuchos y una vainilla percutada en el cilindro, además de una pistola calibre 9 por 19 milímetros con dos cartuchos, ambas especies aptas para el disparo.
Con esos antecedentes, el tribunal aplicó a cada uno de los adolescentes un año de libertad asistida especial como autores del delito consumado de porte ilegal de arma de fuego. Las penas se suman a la internación en régimen cerrado, que deberán cumplir con el programa de reinserción social dispuesto por el tribunal.
LA ABSOLUCIÓN EN UNA CAUSA CONEXA
El mismo fallo absolvió al adolescente B.I.H.V. y a los adultos Crhistian Byron Lorenzo Muñoz Veloso y Bastián Andrés Rodríguez Flores de los cargos formulados por el Ministerio Público como autores del homicidio calificado de Axel Concha Morales, hecho ocurrido el 26 de junio de 2024 en la comuna de Coronel.
Al analizar ese caso, el tribunal razonó que no se acreditó que B.I.H.V. hubiera ejecutado una conducta típicamente relevante para dar muerte a la víctima. El registro fílmico incorporado a la causa permitió descartar su participación material directa, pero el tribunal advirtió que ello no bastaba: era necesario probar el concierto previo con el autor material del disparo.
La sentencia explicó que los antecedentes allegados resultaron insuficientes y que algunos incluso se contraponían a la existencia de un posible acuerdo entre B.I.H.V. y Mario Vega, la persona fallecida que habría disparado contra la víctima esa jornada. Tampoco se logró establecer que B.I.H.V. supiera que Vega dispararía rápidamente cuando la víctima descendiera del automóvil en el pasaje Laguna Icalma.
En consecuencia, por falta de acreditación del concierto previo, no pudo atribuirse participación de autor a B.I.H.V. en ese ilícito, tal como lo habían planteado los acusadores. La absolución alcanzó también a los dos adultos imputados en la misma causa, quienes enfrentaron cargos por el mismo delito sin que se lograra probar su participación.
ALCANCE DE LA RESOLUCIÓN
La decisión del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Concepción dio por acreditada la participación de los adolescentes B.I.H.V. y D.I.V.S. como coautores del homicidio calificado de Cristián Yévenes Montecinos. En el caso de la muerte de Axel Concha Morales, en cambio, no se acreditó el concierto previo entre B.I.H.V. y el autor material del disparo, motivo por el cual se absolvió a los acusados.
El fallo fue adoptado de manera unánime por las tres juezas que integraron la sala, con redacción de la magistrada Antonia Flores Rubilar.
Fuente: Sitio Web del Poder Judicial de Chile
Nota del Editor Fotografía referencial generada por Inteligencia Artificial.
