
El Consejo de Defensa del Estado (CDE) se hizo parte ante la Corte Suprema en el recurso de amparo del ex diputado Hugo Gutiérrez (PC), el senador Sergio Gahona (UDI) y el abogado gestor de intereses Darío Calderón, y pidió una orden de no innovar para suspender los efectos de la sentencia que la Corte de Apelaciones de Santiago dictó el 29 de septiembre. El organismo, que comparece en representación de la Junaeb, sostiene en su presentación, a la que accedió Mega Investiga, que las medidas fijadas para revisar dispositivos electrónicos impondrían cargas que dificultarían la investigación penal.
LA RESOLUCIÓN CUESTIONADA
En esa resolución, el tribunal de alzada capitalino acogió parcialmente el amparo y limitó la autorización para incautar, extraer y revisar dispositivos electrónicos. Entre otras exigencias, ordenó al Ministerio Público informar, en un plazo de 15 días, el estado de las diligencias, quiénes han tenido acceso a la información y qué criterios se utilizarían para buscar antecedentes relacionados con los hechos investigados.
Esos criterios, de acuerdo con la resolución citada por el CDE, debían excluir las comunicaciones y documentos de clientes del amparado vinculados con asuntos ajenos a la investigación, así como las comunicaciones con sus abogados defensores sobre el ejercicio de la defensa. El fallo añadió que la identificación de la información útil debía completarse en 90 días, con la posibilidad de una sola ampliación fundada.
LOS EFECTOS SOBRE LA CARPETA
Cumplido ese plazo, correspondía realizar una audiencia para revisar qué antecedentes se conservarían y cuáles se eliminarían, siempre según el texto del fallo. Hasta esa instancia, la Fiscalía podría utilizar únicamente la información identificada como relacionada con los hechos investigados; el resto no podría incorporarse a la carpeta, entregarse a terceros ni examinarse más allá de lo necesario para determinar su pertinencia.
LOS ARGUMENTOS DEL CDE
En su presentación, el Consejo calificó esas obligaciones como “inmediatas, técnicamente difíciles y complejas”, sujetas a “plazos breves y sucesivos”. A su juicio, los tiempos fijados no se ajustarían a la extensión de la diligencia ni a los medios disponibles para realizarla.
“Todo lo anterior corresponde, además, a medidas no previstas por la ley”, afirmó el organismo, que agregó que supondrían “serias y excepcionales cargas para el desarrollo de la indagatoria”, con consecuencias que, según plantea, serían “difíciles de anticipar y en muchos aspectos irreversibles”.
Sobre esa base, el CDE pidió suspender la ejecución del fallo mientras la Suprema resuelve la apelación presentada por el Ministerio Público. Argumentó que las condiciones impuestas por el tribunal de alzada podrían convertirse en “un serio obstáculo que impide o restringe en demasía la persecución penal” y reducir las facultades de la Fiscalía.
El Consejo solicitó también que la apelación sea revisada previa vista de la causa, de modo que las partes puedan exponer sus argumentos en audiencia. En el escrito defendió que la información extraída de los dispositivos debe examinarse considerando el conjunto de los antecedentes de la investigación.
LA RESERVA Y LA POSICIÓN COMO QUERELLANTE
En esa línea, el organismo planteó que una exclusión anticipada de evidencia resultaría incompatible con el carácter progresivo de la investigación penal: “Información que en un inicio pudiera aparecer como neutra, lícita o desvinculada de la imputación puede posteriormente adquirir aptitud incriminatoria”.
Añadió que, en su calidad de querellante, necesita acceder a los antecedentes para ejercer sus atribuciones en la causa, y que la recopilación íntegra del material permitiría evaluar una eventual imputación y decidir si propone diligencias o ejerce otras facultades procesales.
El Consejo afirmó además que la investigación estuvo sujeta a reserva y que no habría tenido acceso a los antecedentes que, conforme al fallo de la Corte de Apelaciones, podrían ser eliminados. “Pretender la supresión de evidencia en este estado de cosas implica dejar fuera de la discusión y en absoluta indefensión al organismo”, planteó.
Por último, cuestionó que la resolución obligue a evaluar los antecedentes de manera separada, pues a su juicio la pertinencia de una evidencia debe analizarse en relación con el resto del material investigativo, ya que su relevancia podría aparecer al contrastarla con otros elementos.
QUÉ DEBE RESOLVER LA SUPREMA
El máximo tribunal debe pronunciarse sobre la solicitud de orden de no innovar y sobre la apelación. El escrito del CDE pide que, mientras se tramita el recurso, se suspendan las medidas ordenadas por la Corte de Apelaciones de Santiago.
En nuestra lectura, el escrito del CDE traslada el eje de la discusión desde la situación de los amparados hacia las condiciones operativas que un tribunal de alzada puede imponer a una diligencia sobre dispositivos electrónicos, y en ese plano los plazos parecen tan determinantes como el fondo del amparo. A juicio de este medio, se trata de un planteamiento que conviene leer con la cautela propia de una solicitud que aún aguarda resolución.
Fuente: meganoticias.cl
Documento original: https://www.meganoticias.cl/nacional/534473-gutierrez-gahona-calderon-cde-respalda-fiscalia-pide-suprema-suspender-fallo-21-10-2026.html
Nota del Editor: Fotografía referencial generada por Inteligencia Artificial.








