
El Juzgado de Garantía de Punta Arenas condenó a un médico a 61 días de presidio menor en su grado mínimo por el delito de abuso sexual por sorpresa cometido contra una técnico en enfermería del SAR Juan Damianovic. La pena efectiva, en cambio, quedó sustituida: el profesional cumplirá la sanción fuera de la cárcel, bajo remisión condicional por un año, junto con medidas accesorias como la prohibición de acercamiento a la denunciante por ese mismo lapso y la suspensión de cargo u oficio público mientras dure la condena.
El fallo cierra un proceso tramitado por la vía del procedimiento simplificado, en el que además el facultativo resultó absuelto de una segunda denuncia presentada por otra trabajadora del mismo recinto asistencial.
LOS HECHOS
Según lo establecido en el proceso, el episodio ocurrió el 15 de febrero de 2024 al interior del SAR Juan Damianovic, mientras la víctima, que se desempeñaba como técnico en enfermería, cumplía turno junto al profesional.
En ese contexto, el médico ejecutó actos de significación sexual de forma sorpresiva. El fiscal Fernando Dobson explicó que las acciones fueron consideradas de connotación sexual «en consideración también a ciertas conductas previas que había desplegado el médico con la referida víctima».
LA PENA Y SU CUMPLIMIENTO
El tribunal aplicó la sanción de 61 días de presidio menor en su grado mínimo y, por estimar que concurrían los requisitos legales, sustituyó el cumplimiento efectivo de la cárcel por la pena de remisión condicional por el lapso de un año.
Durante ese período, el condenado deberá quedar sujeto al control del Centro de Reinserción Social de Gendarmería, conforme a lo dispuesto en la sentencia.
MEDIDAS ACCESORIAS
Junto con la pena principal, el Juzgado de Garantía decretó la prohibición de acercarse a la denunciante, a su domicilio, a su lugar de trabajo o de estudio por un año.
Asimismo, se dispuso la suspensión de cargo u oficio público mientras dure la condena y el ingreso de la huella genética del profesional al registro nacional del Servicio Médico Legal.
LA ABSOLUCIÓN POR LA SEGUNDA DENUNCIA
En el mismo proceso simplificado, el médico fue absuelto de una segunda denuncia por hechos similares, presentada por otra trabajadora del recinto asistencial de Punta Arenas.
APLICABILIDAD PARA ABOGADOS
Para quienes litigan en materia penal, la resolución ofrece varios puntos de análisis. El primero se refiere a la sustitución de la pena privativa de libertad por remisión condicional: el tribunal tuvo por acreditados los requisitos legales y dejó al condenado bajo supervisión del Centro de Reinserción Social de Gendarmería por un año.
El segundo dice relación con el catálogo de medidas accesorias decretadas junto a la pena principal: prohibición de acercamiento a la denunciante, a su domicilio, lugar de trabajo o estudio por un año; suspensión de cargo u oficio público mientras dure la condena; e incorporación de la huella genética al registro nacional del Servicio Médico Legal.
Un tercer aspecto relevante es la tramitación por procedimiento simplificado y su resultado doble: condena por uno de los hechos denunciados y absolución por el segundo, presentado por otra funcionaria del mismo recinto asistencial. La causa se siguió ante el Juzgado de Garantía de Punta Arenas, con intervención del fiscal Fernando Dobson.
En nuestra lectura, el caso muestra con claridad cómo una misma investigación puede derivar en resultados procesales distintos para hechos que la denuncia presentaba como similares, y refuerza la utilidad de revisar con detalle el estándar probatorio de cada imputación antes de definir la estrategia de un procedimiento simplificado.
Fuente: BioBioChile
Documento original: https://www.biobiochile.cl/noticias/nacional/region-de-magallanes/2026/11/05/medico-condenado-por-abuso-sexual-a-tens-en-punta-arenas-cumplira-pena-fuera-de-la-carcel.shtml
Nota del Editor: Fotografía referencial generada por Inteligencia Artificial.








