
La Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento (Superir) trasladó su atención de público hasta la comuna de Renca. En la mañana del 27 de octubre de 2026 el organismo realizó una jornada de atenciones personalizadas dirigida a trabajadores de una conocida empresa de químicos de esa comuna, con el propósito de entregarles orientación técnica frente a situaciones de sobreendeudamiento.
La actividad no se originó en la propia repartición pública. Se gestó a solicitud de la Municipalidad de Renca, después de que la propia empresa de químicos se acercara a la casa edilicia para manifestar su preocupación por el alto nivel de endeudamiento que afecta a diversos colaboradores y colaboradoras de la firma. Ante esa alerta, el municipio activó las redes de apoyo intersectorial para acudir en apoyo de las personas.
EL AVISO QUE ACTIVÓ TODO
El dato que ordena el relato es ese: fue el empleador quien llevó la inquietud al municipio, y fue el municipio el que pidió el acompañamiento de la Superir. La jornada, en consecuencia, se armó como respuesta a una situación advertida en el propio espacio laboral y canalizada a través de la casa edilicia de Renca.
Con ese punto de partida, la coordinación entre la Superintendencia y el municipio derivó en una instancia de atención directa para los trabajadores de la firma de químicos, quienes accedieron a orientación técnica sobre su situación financiera.
LA ASESORÍA, CASO A CASO
Las asesorías individuales estuvieron a cargo del profesional de la Superir Marco Lagos, quien revisó los casos particulares de los empleados y les detalló las alternativas y los alcances de la Ley N.º 20.720, enfocándose en los requisitos y los pasos para acceder al Procedimiento Concursal de Renegociación de la Persona Deudora.
El formato elegido fue el de atención personalizada, es decir, el análisis de cada situación concreta por separado, y no una exposición general. Sobre esa base, cada trabajador pudo conocer cómo se aplican las reglas del procedimiento a su propio caso y qué antecedentes debe cumplir para iniciarlo.
QUÉ PERMITE LA RENEGOCIACIÓN
De acuerdo con lo informado por la Superir, el Procedimiento Concursal de Renegociación de la Persona Deudora es una herramienta de carácter administrativo y gratuito que permite a las personas renegociar sus deudas con sus acreedores en condiciones más favorables. Su desarrollo se produce mediante audiencias facilitadas por la institución, sin necesidad de recurrir a un juicio ni de contratar abogados o abogadas.
Se trata, por tanto, de una vía que no se tramita ante un tribunal ni exige patrocinio letrado, y que se apoya en la labor de facilitación que cumple la Superintendencia entre la persona deudora y sus acreedores. Esa característica fue precisamente la que el profesional de la institución explicó a los trabajadores de la empresa de químicos de Renca.
ATENCIÓN DESCENTRALIZADA
La jornada tuvo también un objetivo declarado por el organismo: descentralizar la atención de público y acercar la información directamente al espacio laboral. De ese modo, los trabajadores pudieron resolver sus dudas y encontrar una alternativa viable para enfrentar sus compromisos financieros sin tener que desplazarse hasta las dependencias de la Superir.
El acercamiento al lugar de trabajo, en este caso, funcionó como canal para que la orientación técnica llegara directamente a personas que atraviesan situaciones de sobreendeudamiento.
APLICABILIDAD PARA ABOGADOS
Para los abogados y abogadas, el aspecto central de la jornada es el rasgo del Procedimiento Concursal de Renegociación de la Persona Deudora que la fuente destaca: se trata de un mecanismo administrativo y gratuito, que se sustenta en audiencias facilitadas por la Superir y que no requiere recurrir a un juicio ni contratar abogados.
El trabajo del profesional de la institución consistió, en concreto, en revisar los casos particulares de los empleados y explicar los requisitos y pasos de acceso al procedimiento, junto con los alcances de la Ley N.º 20.720. El encuadre normativo invocado, entonces, fue esa ley y no otro, y el foco estuvo puesto en la etapa de entrada al procedimiento.
En nuestra lectura, la secuencia que va de la preocupación del empleador al municipio y de ahí a la Superir parece un ejemplo de articulación interinstitucional que conviene observar con atención. Sería prudente, eso sí, no leer en esta jornada más de lo que la propia Superir describe: orientación técnica y difusión de un procedimiento administrativo y gratuito.
Fuente: Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento
Documento original: https://www.superir.gob.cl/superir-y-municipalidad-de-renca-coordinan-atencion-para-trabajadores-endeudados/
Nota del Editor: Fotografía referencial generada por Inteligencia Artificial.







