
El Ministerio de Justicia firmó 56 decretos que rebajan las condenas de personas sentenciadas por delitos sexuales contra menores de edad, y el ministro Fernando Rabat salió este miércoles a explicar las razones. Del total de beneficiados, 27 cumplen condena por abuso sexual y 29 por violación, según la información divulgada durante la jornada. Las resoluciones fueron suscritas entre el 11 de marzo de 2026, día en que asumió el gobierno de José Antonio Kast, y el 13 de septiembre de este año.
La autoridad confirmó la existencia de los decretos y los presentó como el cumplimiento de fallos de la Corte Suprema, no como una decisión de política criminal del Ejecutivo. “Es el cumplimiento de sentencias de la Corte Suprema”, afirmó el titular de Justicia.
EL RECORRIDO DE LAS SOLICITUDES
Según los antecedentes difundidos, las peticiones fueron evaluadas por la Comisión de Reducción de Condenas, verificadas por la Seremi y estudiadas por la División de Reinserción Social. Tras ese recorrido, fueron aprobadas directamente por el Ministerio “por orden del presidente de la República”. En otras palabras, las rebajas no fueron ordenadas por la vía judicial.
El mismo antecedente consigna que solo una solicitud fue rechazada por la cartera, mientras que las restantes fueron aprobadas mediante decretos firmados en el período antes indicado.
Ante las consultas por la firma del presidente José Antonio Kast en las rebajas de condena, Rabat explicó que se trata de un mero trámite administrativo para acatar un fallo judicial. “Usted tiene que cumplir la sentencia judicial a través de un acto administrativo, pero es la Corte Suprema la que estableció que las personas a quienes ese beneficio se les otorgaba antes del año 2022 eran merecedoras de él”, puntualizó.
LA MODIFICACIÓN LEGAL DE 2022
El ministro situó el origen del asunto en un cambio normativo. “A partir del año 2022, se modificó la ley y se prohibieron beneficios a quienes cometen esos delitos. Con anterioridad a la entrada en vigencia de esa ley, se rechazaban también esas solicitudes y la excelentísima Corte Suprema acogió recursos de amparo de todas esas personas”, precisó.
En esa línea, remarcó que “lo que hizo el Ministerio —incluso en la resolución respectiva se cita cada uno de esos fallos— fue establecer la doctrina que la propia Corte Suprema estableció por la vía de dichos recursos”. El secretario de Estado reiteró que el hecho no es “nada más que eso, es el cumplimiento de sentencias de la Corte Suprema”.
APLICABILIDAD PARA ABOGADOS
Para los operadores jurídicos, el caso descrito en la fuente pone el foco en la distinción entre la decisión jurisdiccional y el acto administrativo que la ejecuta. Según la explicación del ministro, la sentencia la dicta el tribunal y el decreto solo materializa su cumplimiento, de modo que la firma presidencial corresponde, en esa lectura, a una etapa de ejecución y no a una definición sobre el fondo de la pena.
El relato oficial también releva el circuito administrativo previo: la Comisión de Reducción de Condenas evalúa, la Seremi verifica y la División de Reinserción Social estudia, antes de la aprobación por parte del Ministerio. Ese trazado es el que la autoridad invoca para sostener que las rebajas no se originaron en una decisión propia, sino en resoluciones judiciales anteriores.
Un tercer elemento que la fuente deja a la vista es el efecto temporal de la modificación legal de 2022, que prohibió beneficios a quienes cometen este tipo de delitos. La explicación del secretario de Estado apunta a que las situaciones anteriores a esa entrada en vigencia quedaron cubiertas por recursos de amparo acogidos por la Corte Suprema, cuyos fallos, según su versión, se citan en cada resolución.
Finalmente, la información consigna que la resolución respectiva invoca esos pronunciamientos y que el Ejecutivo los presenta como el fundamento de los 56 decretos, mientras el debate público se ha centrado en la vía utilizada para rebajar las penas y en la firma presidencial que las respalda.
En nuestra lectura, el episodio deja a la vista lo difícil que resulta explicar al público la diferencia entre una sentencia y el acto administrativo que la ejecuta, sobre todo cuando el delito involucrado es de la gravedad que describe la fuente. Parece prudente que ese circuito se exponga con el mismo detalle con que se informa una rebaja de pena.
Fuente: CNN Chile
Documento original: https://www.cnnchile.com/pais/ministro-rabat-tras-rebaja-de-penas-a-56-condenados-por-delitos-sexuales-es-el-cumplimiento-de-sentencias-de-la-corte-suprema/
Nota del Editor: Fotografía referencial generada por Inteligencia Artificial.

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