
La Superintendencia del Medio Ambiente formuló cargos contra Copec S.A. por el Terminal Marítimo de Quintero, luego de constatar que la instalación superó los límites de descarga de residuos líquidos autorizados en sus instrumentos ambientales.
EL TERMINAL Y SU SISTEMA DE TRATAMIENTO
Copec es titular del establecimiento Terminal Marítimo de Quintero COPEC, ubicado en Camino Costero N° 111, sector El Bato, comuna de Quintero, Región de Valparaíso. Según la SMA, la instalación está sujeta a las obligaciones de control de residuos industriales líquidos (RILes) y a su norma de emisión aplicable.
Desde la Superintendencia explicaron que el terminal cuenta con un sistema de tratamiento de los residuos líquidos que se generan en las actividades del terminal y también en una planta de lubricantes, cuyas descargas se efectúan al cuerpo de agua superficial de la bahía de Quintero mediante un emisario marítimo.
LAS SUPERACIONES DETECTADAS
La infracción imputada se sustenta en el límite máximo permitido de volumen de descarga establecido en su Programa de Monitoreo, que determina un caudal máximo por día.
Del análisis de los informes de fiscalización y de los reportes de autocontrol, la SMA constató excedencias del límite de descarga en el mes de noviembre de 2023 y de manera continua durante los meses de abril, mayo, junio, julio, agosto y septiembre de 2025.
A ello se suma que durante agosto de 2025, a raíz de las superaciones de volumen, Copec excedió la carga másica contaminante permitida para el parámetro Hidrocarburos Volátiles, registrándose una máxima de hasta un 382% sobre el límite autorizado.
LAS DECLARACIONES DEL SUPERINTENDENTE
El superintendente del Medio Ambiente, Emanuel Ibarra, señaló que las exigencias fijadas en los programas de monitoreo de residuos líquidos son fundamentales para evitar la degradación de los ecosistemas marinos y proteger la bahía de Quintero, un área altamente sensible que además cuenta con una Norma Secundaria de Calidad Ambiental.
Con la formulación de cargos, la Superintendencia busca que Copec asuma de manera rigurosa los límites autorizados en sus instrumentos ambientales, adoptando las acciones técnicas o de infraestructura necesarias para corregir estas desviaciones de caudal y asegurar un desempeño transparente ante la comunidad y la institucionalidad.
LA CALIFICACIÓN DE LA INFRACCIÓN Y LOS PLAZOS
La infracción de la empresa está calificada como leve de acuerdo a la normativa. Este tipo de infracciones puede ser objeto de amonestación por escrito o de una multa de una hasta 1.000 Unidades Tributarias Anuales (UTA), lo que equivale a $865.812.000.
Luego de la notificación de los cargos, Copec tiene un plazo de 15 días hábiles para presentar un Programa de Cumplimiento o de 22 días hábiles para formular sus descargos.
Fuente: CNN Chile
Documento original: https://www.cnnchile.com/pais/sma-formula-cargos-contra-copec-por-superar-limites-de-descarga-permitidos-de-residuos-liquidos-en-terminal-maritimo-de-quintero/
Nota del Editor: Fotografía referencial generada por Inteligencia Artificial.











