
El Presidente de la República, José Antonio Kast, decretó Zona de Catástrofe para la comuna de Las Condes, luego de que un violento aluvión azotara durante la tarde al sector precordillerano de San Carlos de Apoquindo. La emergencia obligó a una articulación inmediata de los equipos de emergencia, mientras el Ejecutivo echaba mano de una herramienta jurídica que busca movilizar recursos de forma rápida y agilizar la ayuda.
La determinación tiene una traducción concreta: el ordenamiento nacional reconoce una situación grave de calamidad pública y habilita mecanismos excepcionales para socorrer a los afectados y reparar los daños.
QUÉ SIGNIFICA LA DECLARACIÓN
En términos jurídicos, la declaración implica que el Estado asume formalmente la existencia de una calamidad pública y, con ello, activa un régimen que busca destrabar la gestión administrativa y económica en el territorio golpeado.
El objetivo declarado es facilitar la reparación de los daños y el auxilio a quienes resultaron perjudicados por el deslizamiento, en línea con el propósito de movilizar recursos de forma rápida y agilizar la ayuda.
UN INSTRUMENTO DISTINTO DEL ESTADO DE EXCEPCIÓN
Uno de los puntos que conviene precisar, para evitar confusiones entre quienes siguen la emergencia desde la vereda legal, es que esta figura no equivale a un Estado de Excepción Constitucional, y es imperativo diferenciar entre ambos instrumentos.
La medida decretada por el Presidente Kast se enmarca en el Decreto Supremo N° 104 de 1977, cuyo propósito central es facilitar la gestión administrativa y económica destinada a reparar los daños y socorrer a los damnificados. Por eso conviene no confundir ambos instrumentos.
FACULTADES EXTRAORDINARIAS Y COMPRAS DIRECTAS
El decreto entrega herramientas administrativas extraordinarias a los organismos estatales que operan en la zona. Entre las facultades más relevantes está la posibilidad de realizar contrataciones directas y de ejecutar compras públicas sin necesidad de cumplir con los trámites burocráticos habituales.
AYUDAS SOCIALES Y FONDOS PARA LA RECONSTRUCCIÓN
Junto con las facultades de contratación, la normativa agiliza el despliegue de la red de protección estatal hacia los damnificados. La medida facilita la entrega de subsidios familiares, la canalización de distintas ayudas sociales y la asignación especial de fondos públicos focalizados netamente en la reconstrucción.
CÓMO SE TRAMITA LA DECLARACIÓN
El procedimiento formal para activar esta condición recae en el aparato gubernamental central. La oficialización de la emergencia se tramita habitualmente a través de decretos emanados desde el Ministerio del Interior o desde las Subsecretarías correspondientes, lo que asegura la intervención inmediata en el área afectada.
Fuente: adnradio.cl
Documento original: https://www.adnradio.cl/2026/10/08/tras-los-estragos-del-aluvion-que-significa-la-zona-de-catastrofe-decretada-por-el-presidente-kast-en-la-comuna/
Nota del Editor: Fotografía referencial generada por Inteligencia Artificial.











