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El Diario Oficial de hoy publicó el decreto 140 del Ministerio del Interior, que prorroga el estado de excepción constitucional de emergencia en La Araucanía y las provincias de Arauco y Biobío, invocando hechos de violencia que alteran el orden público y afectan la vida e integridad de las personas. La misma edición trae una resolución de la DGMN que amplía plazos para usuarios de armas en comunas bajo ese régimen y un cambio transitorio en el control del margen de tolerancia de jurel bajo talla mínima legal.
Decreto 140 prorroga estado de excepción en La Araucanía y provincias de Arauco y Biobío. El decreto 140 del Ministerio del Interior prorroga el estado de excepción constitucional de emergencia en La Araucanía y las provincias de Arauco y Biobío. El texto invoca hechos de violencia que alteran el orden público y afectan la vida e integridad de las personas. La prórroga alcanza a los habitantes de esas zonas, a los operadores jurídicos y a las fuerzas de orden y seguridad, y su desarrollo incide en derechos constitucionales y en la actuación de los tribunales en el territorio comprendido. El extracto publicado no precisa desde cuándo rige la medida. Texto oficial (CVE 2875585)
Resolución 1.940: DGMN amplía plazo y autoriza evaluación Aries para armas. La Dirección General de Movilización Nacional amplía hasta el 31 de diciembre de 2026 el plazo para cumplir exigencias reglamentarias de la Ley de Control de Armas en comunas bajo estado de excepción constitucional de emergencia. Además, la resolución autoriza una evaluación escrita del sistema Aries para acreditar conocimientos en renovaciones cada cinco años, en transferencias por defunción y en cancelaciones. La medida involucra a usuarios de armas, a las autoridades fiscalizadoras de la DGMN y a quienes solicitan renovación, transferencia por defunción o cancelación. El texto se publicó el 21 de septiembre de 2026. Texto oficial (CVE 2869459)
Resolución exenta 2.121 modifica control del margen de tolerancia de jurel. La Subsecretaría de Pesca modificó de manera transitoria el control del margen de tolerancia mensual de jurel de 25% bajo talla mínima legal (BTML). Conforme al cambio, hay infracción si la proporción estimada de ejemplares BTML supera el 25% en 30 días corridos, según la tabla de criterios de decisión del propio texto. La regulación alcanza a armadores, pescadores, plantas de procesamiento y operadores del sector jurel sujetos a la fiscalización de la Subsecretaría de Pesca y Sernapesca. Rige por un año contado desde su publicación, el 21 de septiembre de 2026. Texto oficial (CVE 2868792)








