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El Diario Oficial de hoy publicó la Ley 21.839, que crea un nuevo Juzgado de Letras del Trabajo en Santiago y eleva la dotación de jueces en Antofagasta, Concepción, Punta Arenas y la capital, con entrada en vigencia gradual. La misma edición trae el decreto de Hacienda que fija el parámetro remuneracional del personal de educación parvularia financiado por JUNJI para el período julio 2026-junio 2027, y una modificación al reglamento DAR 17 sobre seguridad de la aviación civil.
Ley 21.839 crea nuevo Juzgado de Letras del Trabajo en Santiago y refuerza dotaciones. La norma del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos eleva la dotación de jueces en Antofagasta, Concepción, Punta Arenas y Santiago, donde pasa de 38 a 57 en tres juzgados, y crea un nuevo Juzgado de Letras del Trabajo en la capital. Su vigencia es gradual: seis meses y un año desde su publicación. El cambio involucra a los abogados laboralistas y litigantes de esas cuatro ciudades, al Poder Judicial y a la Corporación Administrativa, así como a funcionarios y postulantes a cargos judiciales. Veredictum dedica una nota aparte a esta publicación. Texto oficial (CVE 2871668)
Fijan parámetro y asignación para personal de JUNJI julio 2026-junio 2027. El Decreto 657 de Hacienda establece el parámetro remuneracional por función y región aplicable al personal de educación parvularia financiado por JUNJI entre julio de 2026 y junio de 2027. Sobre esa base, la asignación de la ley N° 20.905 alcanzará el 100% de la diferencia entre el parámetro y la remuneración bruta mensualizada. El instrumento opera respecto del personal directivo, educador de párvulos, técnico, administrativo y auxiliar de los establecimientos financiados por la institución, además de los empleadores y asesores laborales del sector. Texto oficial (CVE 2868512)
Modifican reglamento DAR 17 por Enmienda 18 de OACI sobre seguridad aérea. El Ministerio de Defensa Nacional modificó el decreto supremo N° 63, de 2008, que aprueba el Reglamento DAR 17 sobre seguridad, protección de la aviación civil contra actos de interferencia ilícita. La modificación incorpora definiciones y ajustes adoptados por la OACI en la Enmienda 18 al Anexo 17 del Convenio de Chicago. La norma alcanza a los operadores de aviación civil, aeropuertos, entidades de seguridad aeroportuaria, personal de seguridad de a bordo y asesores jurídicos del sector aeronáutico. El decreto no precisa desde cuándo rige. Texto oficial (CVE 2868776)








