Corte Suprema confirma condena por microtráfico de drogas en Concón
La Corte Suprema rechazó el recurso de nulidad presentado por la defensa de Moisés Alejandro Olate Parra y declaró que no es nula la sentencia que lo condenó a 541 días de presidio efectivo, suspensión de cargo y oficio público durante el tiempo de la condena, y al pago de una multa de 10 UTM. El fallo lo declaró autor del delito consumado de tráfico de drogas en pequeñas cantidades, cometido en la comuna de Concón en julio del año pasado.
RECHAZO DEL RECURSO
En fallo unánime, la Segunda Sala del máximo tribunal descartó la infracción al debido proceso invocada por la defensa, al considerar que la prueba pericial, aunque incorporada con posterioridad al cierre del plazo de investigación, fue requerida estando vigente la indagatoria. El recurso se basaba en la incorporación de ese medio de prueba durante el juicio, pero el tribunal concluyó que la orden fiscal que la originó se dictó dentro del plazo legal de investigación.
La resolución sostiene que la defensa contaba con herramientas procesales para impugnar la prueba, como el artículo 278 del Código Procesal Penal, y que no demostró una indefensión real. El fallo señala que no se verificó la ilicitud planteada, por lo que se rechazó la causal de nulidad.
SENTENCIA NO NULA
La sentencia original fue dictada el 10 de junio de 2026 por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Viña del Mar, en los antecedentes RIT 126-2026 y RUC 2500933430-3. Con el rechazo del recurso, la sentencia no fue anulada.
Fuente: Sitio Web del Poder Judicial de Chile
Nota del Editor Fotografía referencial generada por Inteligencia Artificial.
