Los gremios de servicios básicos no se rinden. Tras el rechazo del Tribunal Constitucional al requerimiento del Ejecutivo contra el artículo 31 de la megareforma, la Asociación de Empresas de Gas Natural (AGN) presentó un escrito en la causa de control preventivo que sigue abierta, buscando impugnar la norma por una vía procesal paralela. La jugada ocurre el mismo día en que el pleno del TC desestimó la solicitud del gobierno, en un último recurso para intentar su impugnación.
El telón de fondo es el control preventivo obligatorio del proyecto de ley de reconstrucción nacional y desarrollo económico social. La Cámara de Diputados presentó su requerimiento el pasado 13 de agosto. La causa aún está abierta, y en ella ya intervino el Servicio Electoral con observaciones, entre ellas la petición de suprimir la norma que faculta al SII para acceder al domicilio electoral de los contribuyentes. Ahora los gremios del sector se suman al debate.
LA NORMA EN CUESTIÓN
El artículo 31 introduce un nuevo artículo 2° bis en la Ley N° 16.282, sobre sismos y catástrofes. La disposición obliga a las concesionarias de distribución eléctrica, de servicios sanitarios y de gas a reconectar de manera gratuita a los usuarios residenciales y a las micro, pequeñas y medianas empresas que residan en zonas declaradas en estado de catástrofe.
El cumplimiento debe ser rápido: 48 horas para electricidad y gas, y 24 horas para agua potable y alcantarillado. Para los gremios, esa rigidez es el corazón del problema. Consideran que la norma no distingue entre situaciones reales de emergencia y obliga a las empresas a actuar incluso cuando la seguridad de las personas y de los propios trabajadores está en riesgo.
LOS ARGUMENTOS CONSTITUCIONALES
El escrito de AGN, patrocinado por el abogado constitucionalista Patricio Zapata, sostiene que la norma invade una esfera que la Constitución reserva a la ley orgánica constitucional de estados de excepción. La regulación de restricciones de derechos para casos de emergencia no podría hacerse mediante una ley simple.
El texto señala que el artículo 31 está «absolutamente desvinculado» de la declaración de Estado de Excepción Constitucional de catástrofe. De ese modo, las severas restricciones al derecho de propiedad que contempla quedarían «huérfanas del indispensable fundamento» que solo podría dar ese título constitucional.
La conclusión es clara: el artículo no puede sobrevivir al escrutinio constitucional, ya sea que se le juzgue como ley simple que invade un ámbito orgánico constitucional o como precepto orgánico que no reúne el quórum exigido. Con esa doble línea argumental, el gremio busca instalar sus objeciones técnicas en la causa que permanece abierta.
LAS REACCIONES TRAS EL FALLO
Apenas se conoció la resolución del TC, los gremios manifestaron su malestar. El director ejecutivo de Empresas Eléctricas, Juan Meriches, dijo que la norma puede desviar recursos desde la reposición masiva del servicio y que fija plazos rígidos sin considerar las condiciones reales de seguridad durante una catástrofe.
Carlos Cortés Simon, presidente ejecutivo de AGN, fue categórico: «La normativa es imposible de cumplir resguardando la seguridad de todas las personas». Añadió que respetan la decisión del TC, pero que en gas proteger a las personas empieza por no reconectar antes de saber que es seguro hacerlo.
La Asociación Nacional de Empresas de Servicios Sanitarios (Andess) advirtió que, en una situación de emergencia, la norma implica destinar recursos operacionales y cuadrillas a casos individuales, recursos que podrían ser necesarios para recuperar infraestructura y reponer el servicio al mayor número posible de personas, incluidos hogares, hospitales y escuelas. Los plazos rígidos, agregó, pueden obligar a desplegar personal en condiciones de alto riesgo.
ADVERTENCIAS DEL MUNDO EMPRESARIAL
La Sofofa también se pronunció. Tras expresar respeto por la decisión del TC, planteó su preocupación por los efectos de la norma sobre la certeza jurídica y la estabilidad del marco regulatorio de los servicios esenciales. A su juicio, una regla de esta naturaleza afectará las condiciones para invertir, operar y asegurar la continuidad de los servicios básicos.
La presidenta de la CPC, Susana Jiménez, profundizó esa crítica. Dijo que, más allá del aspecto constitucional, persisten las dudas sobre los efectos regulatorios y económicos. El punto de fondo, explicó, es que la norma no se limita a resolver situaciones provocadas por la catástrofe, sino que obliga a reconectar sin costo y sin pago previo suministros que incluso podían estar suspendidos por no pago desde antes de la emergencia.
Con los escritos presentados y las observaciones ya formuladas, la suerte del artículo 31 queda en manos del Tribunal Constitucional. La causa sigue abierta y el escrito de AGN se presentó como último recurso para intentar su impugnación.
Fuente: La Tercera
Nota del Editor Fotografía referencial generada por Inteligencia Artificial.
