La Corte de Apelaciones de Santiago, en un fallo unánime de la Quinta Sala, elevó a 30 millones de pesos la indemnización por daño moral que el Fisco de Chile deberá pagar a Álex Vladimir Henríquez Soto, víctima de prisión política y tortura. El tribunal de alzada confirmó la sentencia del Decimoctavo Juzgado Civil de Santiago, pero aumentó el monto resarcitorio en proporción al daño acreditado y a la corta edad de la víctima.
Henríquez Soto vivió bajo constante amedrentamiento desde los 8 años de edad. Fue retenido y golpeado brutalmente en su domicilio en septiembre de 1983, cuando tenía 16 años, y posteriormente detenido y sometido a interrogatorios y episodios de tortura en 1984, 1985, 1986 y 1987. El fallo también tiene presente el allanamiento ocurrido el 8 de mayo de 1986.
La sala estuvo integrada por la ministra Paula Rodríguez, el ministro Pedro Maldonado y la abogada (i) Ximena Insunza. La causa fue identificada con el rol 6.494-2025.
FUNDAMENTOS DEL FALLO
La resolución señala que el daño moral no requiere acreditación autónoma en estos casos, y que la aflicción de la víctima fluye de la naturaleza misma de los hechos. Asimismo, destaca la inscripción de Henríquez Soto en la nómina de la Comisión Asesora Presidencial para la Calificación de Detenidos Desaparecidos, Ejecutados Políticos y Víctimas de Prisión Política y Tortura, bajo el número 3.947.
Entre los factores considerados para elevar la indemnización, el tribunal menciona la reiteración y prolongación de los hechos durante más de una década, la corta edad de la víctima, la naturaleza de los apremios sufridos —que incluyeron golpes que le hicieron perder el conocimiento, desnudez forzada y amenazas de aplicación de electricidad—, el hostigamiento a su núcleo familiar y la persistencia de secuelas, como un trastorno de estrés postraumático de carácter crónico.
MONTO Y JURISPRUDENCIA
La Corte elevó prudencialmente la indemnización a 30 millones de pesos, cifra que consideró acorde con las afectaciones constatadas y con los parámetros jurisprudenciales vigentes. En la sentencia se citan casos recientes de características similares en los que se han fijado montos equivalentes, y se señala que la pretensión de 200 millones de pesos excede lo que la jurisprudencia ha asignado incluso a casos de mayor intensidad lesiva.
El tribunal también ordenó que la suma se pague con reajustes e intereses según lo dispuesto en la sentencia.
Fuente: Sitio Web del Poder Judicial de Chile
Nota del Editor Fotografía referencial generada por Inteligencia Artificial.
