
La Superintendencia de Seguridad Social (Suseso) puso en consulta pública un proyecto de circular que apunta a un punto sensible del sistema: delimitar qué profesionales de la salud pueden extender licencias médicas y por qué diagnósticos. La publicación, fechada el 11 de septiembre de 2026, se concentra en dos grupos, matronas y matrones, por un lado, y cirujanos y cirujanas dentistas, por otro. Con ello el organismo busca fijar un criterio único sobre la competencia del emisor y evitar que se autoricen reposos certificados por quien no está habilitado para el cuadro clínico específico. La consulta estará abierta hasta el jueves 17 de septiembre.
LA REGLA DE FONDO
El eje del proyecto es simple de enunciar y complejo de aplicar: la validez de la licencia queda atada al diagnóstico que figura en el documento. La propuesta precisa el ámbito en que los profesionales señalados pueden emitir licencias médicas y, con eso, instala un estándar de competencia según la patología certificada. La consecuencia práctica es que la revisión de los organismos del sistema deberá mirar no solo quién firmó, sino también si ese profesional podía certificar ese diagnóstico en particular.
MATRONAS Y MATRONES: EMBARAZO, PARTO Y PUERPERIO NORMALES
En el caso de matronas y matrones, el texto señala que podrían emitir licencias médicas únicamente en los casos de embarazo, parto y puerperio normales. Quedan fuera, por tanto, las patologías que, aun estando relacionadas con esas etapas, requieran el diagnóstico y el tratamiento propios de profesionales médicos cirujanos. El proyecto ilustra la situación: si una persona presenta una complicación o enfermedad durante el embarazo que exige atención médica especializada, la licencia deberá ser emitida por un profesional médico competente para ese diagnóstico.
CIRUJANOS DENTISTAS: SOLO PATOLOGÍAS ODONTOESTOMATOLÓGICAS
Respecto de los cirujanos y cirujanas dentistas, la propuesta acota su facultad a las patologías relacionadas con atenciones odontoestomatológicas, es decir, aquellas vinculadas con los dientes y con las enfermedades de la boca. De esa delimitación se sigue que no les correspondería entregar licencias por enfermedades de carácter general o sistémico, aunque el trabajador sea su paciente habitual.
LA NUEVA CAUSAL DE RECHAZO
El proyecto incorpora además una causal de rechazo de orden jurídico para las licencias emitidas por profesionales que no tienen competencia para certificar el diagnóstico específico que aparece en el documento. En esos casos, la Compin o la Isapre, según corresponda, deberá fundamentar el rechazo señalando la falta de habilitación del profesional emisor en razón del diagnóstico. Se trata de un cambio relevante para quienes litigan en seguridad social, porque traslada el debate desde la identidad del emisor hacia la relación entre el cuadro clínico y su habilitación.
LAS DOS VÍAS QUE ABRE EL PROYECTO
Frente a un rechazo fundado en esa causal, el texto contempla que la persona pueda acreditar que su patología sí se encuentra dentro del ámbito de competencia del profesional que emitió la licencia. La segunda alternativa es presentar una nueva licencia extendida por un profesional habilitado para certificar ese diagnóstico. Ambas salidas mantienen el foco en la correspondencia entre el diagnóstico certificado y la competencia de quien firma el documento.
QUÉ SE DEFINE CON ESTA CIRCULAR
El objetivo declarado de la Suseso es precisar el ámbito en que matronas, matrones y cirujanos dentistas pueden emitir licencias médicas, de modo que la definición no quede entregada a interpretaciones dispersas. Para el mundo legal, el punto de interés está en el estándar de fundamentación que deberán cumplir Compin e Isapres al momento de resolver, y en cómo se acredita la competencia del emisor cuando el documento es cuestionado.
PLAZO DE CONSULTA
El proyecto de circular permanece en periodo de consulta hasta el jueves 17 de septiembre, plazo durante el cual la ciudadanía puede formular observaciones al texto. Cumplido ese trámite, la Suseso quedará en posición de definir el contenido final de la circular y, con ello, el estándar que los organismos del sistema deberán aplicar a las licencias emitidas por matronas, matrones y cirujanos dentistas.
Fuente: Superintendencia de Seguridad Social
Documento original: https://www.suseso.gob.cl/605/w3-article-789857.html
Nota del Editor: Fotografía referencial generada por Inteligencia Artificial.














