
Rol 35.549-2026 · Poder Judicial de Chile
Corte Suprema declara incompetente a tribunal civil para analizar demanda de indemnización contra exgerente
La Corte Suprema rechazó el recurso de casación presentado en contra de la sentencia que declaró incompetente a un tribunal civil para conocer una demanda de indemnización por responsabilidad extracontractual dirigida contra un exgerente.
En el fallo (rol 35.549-2026), la Primera Sala del máximo tribunal, integrada por los ministros y ministras Arturo Prado, Mauricio Silva Cancino, María Soledad Melo, Eliana Quezada y Roberto Contreras, concluyó que el recurso no puede prosperar por manifiesta falta de fundamentos.
LOS ARGUMENTOS DEL RECURRENTE
Según consigna la sentencia, la parte recurrente sostuvo que el fallo impugnado incurrió en diversos errores de derecho. En primer término, alegó la falta de aplicación de los artículos 2314 y 2329 del Código Civil, por cuanto, a su juicio, la sentencia excluyó indebidamente la responsabilidad extracontractual al estimar que los actos atribuidos al gerente general solo podían generar responsabilidad contractual.
El recurrente afirmó que dichas normas obligan a reparar todo daño causado por dolo o culpa, aun cuando exista una relación societaria previa, y sostuvo que las conductas imputadas al demandado, entre ellas la dilución de la participación accionaria, el ocultamiento de información, la falta de reparto de dividendos y las modificaciones estatutarias perjudiciales, constituyen ilícitos civiles indemnizables bajo el régimen extracontractual.
En segundo lugar, denunció una errónea o falsa aplicación del artículo 441 del Código de Comercio, argumentando que la demanda es de responsabilidad extracontractual por daños derivados de un delito o cuasidelito civil, y no una mera controversia societaria, por lo que correspondía su conocimiento a los tribunales ordinarios de justicia.
Como tercer error de derecho, invocó la infracción a las normas de interpretación de la ley, esto es, los artículos 19 a 24 del Código Civil, señalando que la sentencia interpretó erróneamente la ley al excluir la responsabilidad extracontractual y extender indebidamente el arbitraje del artículo 441 del Código de Comercio a una acción indemnizatoria que debía conocer la justicia ordinaria.
LA RATIO DEL FALLO
Al analizar el recurso, el máximo tribunal constató que la recurrente omitió extender la infracción legal denunciada a normas que, en la especie, tienen el carácter de decisorias de la litis, es decir, aquellas que producen el efecto de resolver la cuestión controvertida al ser aplicadas, tales como los artículos 1545 y 1546 del Código Civil.
La Corte precisó que dicha exigencia no se satisface con la sola mención de esas normas al fundamentar las infracciones legales en que se sostiene el recurso de nulidad sustantivo.
De este modo, concluyó que las normas indicadas en el recurso como infringidas no constituyen motivo plausible para dar acogida a la casación en el fondo que las contiene.
Fuente: Poder Judicial de Chile
Documento original: https://www.pjud.cl/prensa-y-comunicaciones/noticias-del-poder-judicial/148770
Nota del Editor Fotografía referencial generada por Inteligencia Artificial.







