CORTE DE APELACIONES DE TEMUCO MANTIENE CUIDADO PERSONAL DE NIÑA A FAVOR DE LA MADRE
La Corte de Apelaciones de Temuco revocó la sentencia definitiva dictada el 25 de noviembre de 2024 y rechazó en todas sus partes la demanda de cuidado personal interpuesta por el padre en contra de la madre de una niña. Por lo tanto, la menor permanecerá bajo el cuidado materno.
De acuerdo con la sentencia, de fecha 2 de julio de 2026, se estableció que la niña siempre ha estado al cuidado de su madre y que no existen antecedentes de vulneración de derechos ni factores de riesgo. El padre, que reside en el extranjero, ha mantenido un vínculo afectivo, social y económico con su hija.
La Corte concluyó que ambos progenitores se encuentran habilitados para ejercer el cuidado personal. Sin embargo, consideró recomendable mantener a la niña con su madre, ya que un cambio de residencia provocaría un desarraigo y afectaría su identidad.
Un informe psicológico acompañado al expediente recomendó que la menor continúe viviendo con su madre y sus figuras significativas maternas. La decisión se adoptó conforme al interés superior de la niña y al principio de corresponsabilidad, en línea con la Ley 20.680 y los artículos 224 y 225 del Código Civil.
La resolución corresponde a la causa Rol N° Familia-840-2024 de la Corte de Apelaciones de Temuco.
Nota del Editor Fotografía referencial generada por Inteligencia Artificial.
