El Juzgado de Garantía de Chillán acotó este martes las medidas cautelares solicitadas en contra del alcalde de Coihueco, Wilson Enrique Palma Jelvez, tras formalizarlo por una serie de delitos sexuales presuntamente cometidos contra una funcionaria municipal. La magistrada Paulina Rodríguez Zapata desestimó las peticiones más gravosas del Ministerio Público y del querellante y resolvió decretar la prohibición de acercarse a la víctima y el apercibimiento, al considerar que esa restricción resulta suficiente para resguardar su seguridad durante el desarrollo de la investigación.
La audiencia de formalización se realizó hoy en el tribunal chillanejo, donde el jefe comunal quedó imputado por cuatro delitos consumados de solicitación de persona, un delito de ofensas al pudor y dos delitos de abuso sexual por sorpresa, uno consumado y otro tentado. Según el relato del ente persecutor, los hechos habrían ocurrido entre marzo y mayo del año pasado y estarían vinculados al acceso de la víctima a un cargo de jefatura en el municipio.
FORMALIZACIÓN Y DELITOS
El Ministerio Público presentó la imputación contra Palma Jelvez por hechos que habrían afectado a una funcionaria municipal. La formalización incluyó delitos de naturaleza sexual que habrían tenido lugar en un contexto de presión vinculado al ámbito laboral. La víctima, que se desempeñaba en San Carlos en un cargo similar, habría solicitado un traslado a Coihueco por motivos familiares, lo que la llevó a conversar con el alcalde en febrero del año pasado.
La Fiscalía sostuvo que, después de que la funcionaria obtuviera el cargo, Palma Jelvez la contactó en distintas oportunidades y por diferentes medios para plantearle que debían sostener relaciones sexuales. Esos contactos se habrían extendido entre febrero y mayo del año pasado, incluso cuando ambos se encontraban en la Región Metropolitana con motivo de una actividad municipal. El ente persecutor también dio cuenta de un episodio de intimidación ocurrido en abril del mismo año y de dos situaciones de abuso sexual, también de ese año.
MEDIDAS CAUTELARES
Durante la audiencia, el Ministerio Público solicitó arraigo nacional y firma mensual, mientras que el querellante pidió arresto domiciliario nocturno. La magistrada Paulina Rodríguez Zapata rechazó ambas solicitudes y decretó la prohibición de acercarse a la víctima y el apercibimiento. En su resolución, la jueza valoró la irreprochable conducta anterior del imputado y su comparecencia a todos los actos del procedimiento.
“El imputado gozaba de irreprochable conducta anterior, teniendo presentes los antecedentes de investigación, las circunstancias indicadas por los intervinientes en la audiencia y que el imputado había comparecido a todos los actos del procedimiento, con la cautelar decretada se resguarda la seguridad de la víctima por todo el tiempo que dure la investigación”, afirmó la magistrada Rodríguez.
LOS HECHOS INVESTIGADOS
Según la Fiscalía, la víctima conversó con Palma Jelvez en febrero del año pasado por un cargo de jefatura disponible en la Dirección Municipal de Salud de Coihueco, al que ella quería acceder por razones familiares, ya que necesitaba trasladarse desde San Carlos, lugar donde cumplía funciones equivalentes. Tras obtener el puesto, el alcalde la habría contactado en varias ocasiones y por distintos medios para plantearle la exigencia de mantener relaciones sexuales.
El relato fiscal incluyó además un episodio de intimidación de abril y dos hechos de abuso sexual ocurridos el mismo año, uno de los cuales quedó en grado de tentativa. Los delitos imputados corresponden a solicitación de persona, ofensas al pudor y abuso sexual por sorpresa, todos ellos tipificados en el Código Penal chileno.
La investigación quedó a cargo del Ministerio Público, con un plazo de tres meses para su desarrollo. Durante ese período, el imputado deberá cumplir con la prohibición de acercarse a la víctima, medida que permanecerá vigente mientras dure la indagatoria.
PLAZO DE INVESTIGACIÓN
El tribunal fijó en tres meses el plazo de investigación solicitado por el ente persecutor, período durante el cual se desarrollarán las diligencias necesarias para esclarecer los hechos. La causa seguirá su curso en el Juzgado de Garantía de Chillán, que deberá velar por el cumplimiento de la medida cautelar impuesta al alcalde de Coihueco.
La situación procesal de Palma Jelvez queda así sujeta a una restricción específica que busca proteger a la denunciante, mientras se determina su eventual responsabilidad en los delitos que se le atribuyen.
Fuente: Sitio Web del Poder Judicial de Chile
Nota del Editor Fotografía referencial generada por Inteligencia Artificial.
