
El gobierno informó este martes que ingresó al Congreso un proyecto de ley para postergar hasta el 1 de diciembre de 2027 la entrada en vigencia de la nueva Ley de Protección de Datos Personales. Actualmente, el cuerpo legal despachado por el Congreso en agosto de 2024 debe comenzar a regir el próximo 1 de diciembre, con exigentes obligaciones para servicios públicos y empresas al tratar información privada de las personas, reconociendo los derechos de los titulares de los datos. La iniciativa, que fue ingresada con suma urgencia, traslada esa fecha un año más si es aprobada.
CONTEXTO DE LA LEY
La Ley de Protección de Datos Personales fue despachada por el Congreso en agosto de 2024. Su entrada en vigencia estaba fijada para el 1 de diciembre de 2025. Sin embargo, el gobierno decidió postergarla para contar con las condiciones institucionales, regulatorias y operativas necesarias para su correcta implementación.
Según el gobierno, la postergación busca otorgar un año adicional de preparación para una reforma que tendrá efectos transversales sobre organismos públicos, empresas, fundaciones y otras entidades que realizan tratamiento de datos personales.
OBJETIVO DE LA INICIATIVA
El biministro de Economía, Fomento y Turismo y Minería, Daniel Mas, destacó que la propuesta busca resguardar el objetivo de la nueva legislación y asegurar que pueda aplicarse de manera efectiva. «Esta es una reforma muy relevante para Chile y nuestra responsabilidad es que entre en vigencia con una institucionalidad preparada, reglas claras y condiciones que permitan su adecuado cumplimiento. No queremos menos protección de los datos personales, queremos que esta nueva legislación funcione correctamente desde el primer día», señaló.
El proyecto también considera fortalecer la Agencia de Protección de Datos Personales (APDP), aumentando de tres a cinco los integrantes de su consejo directivo y estableciendo un quórum de tres miembros. Además, se propone adelantar la designación de su primer consejo, de manera que pueda iniciar oportunamente el proceso de instalación, avanzar en la regulación secundaria y establecer criterios y estándares que entreguen certeza antes del inicio de las nuevas facultades de fiscalización.
El período adicional permitirá que organismos de la Administración del Estado, municipalidades, servicios públicos y actores del sector privado adecuen sus sistemas, procesos y estructuras internas a las nuevas obligaciones, con el fin de disminuir la incertidumbre y evitar costos innecesarios derivados de una implementación apresurada.
SANCIONES Y MULTAS
La iniciativa establece un nuevo régimen de infracciones y significativas sanciones económicas para eventuales empresas infractoras. Las multas fluctuarían, inicialmente, entre $358 millones (5 mil UTM) y $1.400 millones (20 mil UTM), pero incluso esos valores podrían triplicarse o llegar al 4% de los ingresos anuales por ventas y servicios de una firma si la Agencia de Protección de Datos Personales detecta conductas reincidentes y agravantes.
Justamente, los gremios de grandes empresas habían argumentado que existía falta de certeza jurídica de cara a la entrada en vigencia de la ley, ya que aún no se ha implementado la agencia estatal especializada en supervisar este tema. Según lo establecido en la ley, esa agencia debió haber estado operativa a más tardar el 1 de junio de 2026.
El gobierno señaló que «la propuesta apunta así a compatibilizar el fortalecimiento de la protección de los datos personales con una implementación seria y responsable. El objetivo es que la nueva regulación no solo entre en vigencia, sino que cuente desde su inicio con una institucionalidad preparada, reglas conocidas y capacidades suficientes para ser aplicada y fiscalizada correctamente».
Fuente: La Tercera
Nota del Editor Fotografía referencial generada por Inteligencia Artificial.








