
TITULAR: Defensoría de la Niñez exige al Ministerio de Justicia explicar 56 rebajas de condena
La Defensoría de la Niñez manifestó su rechazo a la concesión de 56 rebajas de condena a personas sentenciadas por delitos sexuales contra niños, niñas y adolescentes y anunció que solicitará al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos los antecedentes que se tuvieron a la vista para modificar el criterio histórico de la cartera, que denegaba la concesión de beneficios frente a estos delitos. El organismo agregó que continuará haciendo seguimiento de la situación y que, con los antecedentes recabados, evaluará las acciones que le correspondan dentro de sus atribuciones legales.
LA EXIGENCIA
En un comunicado, la institución sostuvo que uno de los aspectos que requiere especial atención es que, desde febrero de 2022, la ley consagra expresamente la exclusión de beneficios en casos de determinados delitos sexuales contra niños, niñas y adolescentes.
“Por ello, resulta indispensable que el Ministerio de Justicia aclare por qué se concedieron estas rebajas y qué medidas se están adoptando para la debida protección de las víctimas”, declaró la institución.
La solicitud apunta a conocer cuáles fueron los antecedentes considerados al momento de abandonar el criterio que la cartera aplicaba hasta ahora, y que la llevaba a negar estos beneficios cuando las condenas involucraban delitos sexuales contra menores de edad.
LA VOZ DEL DEFENSOR
Fue el defensor de la Niñez, Anuar Quesille, quien calificó de preocupantes los antecedentes conocidos. “Estos antecedentes son preocupantes y requieren una explicación clara del Ministerio de Justicia. Desde 2022 rige una ley que excluye de este beneficio a personas condenadas por determinados delitos sexuales contra niños, niñas y adolescentes”, señaló.
Luego puso el acento en las víctimas: “Detrás de estas condenas hay víctimas que tienen derecho a la justicia, a la protección y a la reparación. El Estado tiene un deber reforzado de resguardar esos derechos y debe actuar con especial rigurosidad cuando adopta decisiones que pueden reducir el tiempo efectivo de privación de libertad de quienes fueron condenados por estos graves delitos. La protección de las víctimas debe estar en el centro de las decisiones del Estado”, agregó.
Para el defensor, ese deber estatal de resguardo cobra especial peso cuando se adoptan decisiones que inciden en el tiempo efectivo de privación de libertad de personas condenadas por estos delitos.
EL ESTÁNDAR CUESTIONADO
La Defensoría reconoció que existen controversias jurídicas respecto de los delitos cometidos antes de la entrada en vigencia de la Ley N° 21.421, las que, según indicó, legítimamente pueden ser dirimidas ante los tribunales de justicia. Aun así, planteó que la aplicación de un estándar general que otorga beneficios implica una inobservancia de derechos de niños, niñas y adolescentes que han sido víctimas de una de las peores formas de violencia.
En esa línea, Quesille recordó que “el Estado de Chile, sin importar el gobierno de turno, ha dado señales claras para avanzar en la protección de la violencia sexual contra la niñez”.
“Se tipificó el delito de explotación sexual, se consagró la imprescriptibilidad de los delitos sexuales contra menores de edad, se implementó la ley de entrevistas video grabadas, se promulgó la Ley de Garantías y el gobierno acaba de aprobar el Marco para la Acción en materia de explotación sexual, entre otras. Por tanto, la decisión de otorgar beneficios como éstos representa un retroceso para la protección efectiva de la niñez”, explicó.
SEGUIMIENTO Y ACCIONES
El organismo adelantó que continuará realizando seguimiento de esta situación y que, a partir de los antecedentes recabados, evaluará las acciones que correspondan dentro de sus atribuciones legales.
APLICABILIDAD PARA ABOGADOS
La solicitud de la Defensoría de la Niñez se dirige al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y tiene por objeto conocer los antecedentes considerados en la modificación del criterio que la cartera aplicaba a las condenas por delitos sexuales contra niños, niñas y adolescentes. El organismo precisó, además, que las controversias sobre delitos cometidos antes de la vigencia de la Ley N° 21.421 legítimamente pueden ser dirimidas ante los tribunales de justicia. A ello se suma el anuncio de que la institución evaluará las acciones que correspondan dentro de sus atribuciones legales.
En nuestra lectura, el cruce entre una rebaja de condena y una ley que excluye expresamente ese beneficio para determinados delitos sexuales contra menores parece exigir una explicación pública especialmente cuidadosa. Sería prudente que esa respuesta detalle los antecedentes considerados, a la luz del deber reforzado de protección que el defensor invoca.
Fuente: radio.uchile.cl
Documento original: https://radio.uchile.cl/2026/10/21/defensoria-de-la-ninez-exige-al-ministerio-de-justicia-explicar-56-rebajas-de-condena-por-delitos-sexuales-contra-menores-de-edad/
Nota del Editor: Fotografía referencial generada por Inteligencia Artificial.








