
El exministro de Justicia Luis Cordero cuestionó la interpretación jurídica que el actual titular de la cartera, Fernando Rabat, ha sostenido sobre las rebajas de condenas que favorecieron a 56 personas sentenciadas por delitos sexuales contra menores de edad. En conversación con Estado Nacional, el exsecretario de Estado del gobierno de Gabriel Boric sostuvo que la normativa aprobada en febrero de 2022 tuvo un propósito explícito: excluir de ese beneficio a los condenados por ese tipo de delitos.
«Yo creo que, habitualmente, la pregunta es, ¿a qué debe ser leal en la aplicación de la ley una autoridad? Al texto y al propósito del Congreso», planteó Cordero al referirse al criterio que corresponde seguir a quienes aplican una norma.
Según su relato, la ley formó parte de una agenda transversal en materias de infancia y su propio nombre establecía de manera explícita la exclusión de la rebaja de condenas para quienes hubieran cometido delitos sexuales contra menores de edad.
EL CRITERIO DE APLICACIÓN
Cordero sostuvo que el beneficio debe evaluarse conforme a los requisitos vigentes al momento de la postulación y no según la fecha en que se cometió el delito. Sobre ese punto agregó que la ley fue dictada con un propósito deliberado respecto de la procedencia de la rebaja en esos casos.
Respecto de la lectura que ha defendido Rabat, el exministro fue directo: «Yo creo que el ministro Rabat ha sostenido una interpretación. Yo creo que esa interpretación jurídica, por las razones que ha expuesto, no se compadece con el texto de la ley».
Cordero reconoció que existen debates jurídicos sobre la aplicación de estas normas y que son los tribunales los que resuelven las controversias caso a caso. Aun así, distinguió entre el deber de la autoridad al momento de aplicar la ley y las interpretaciones que luego se desarrollan en sede judicial. «Una cosa es estar de acuerdo con una interpretación que se resuelve en tribunales. Y otra es a qué debe ser leal una autoridad al momento de aplicar la ley. Y eso es al texto y al propósito del Congreso», reiteró.
LA LEY DE EJECUCIÓN DE PENAS
Para el exministro, la polémica evidencia un problema de mayor alcance en materia de ejecución de penas y de acceso a beneficios penitenciarios. Por eso defendió avanzar en el proyecto de ley de ejecución de penas, aprobado por la Cámara de Diputados y que se encuentra en el Senado, como vía para enfrentar de manera estructural las diferencias de interpretación y los problemas vinculados a los recursos judiciales que presentan los condenados.
«Si ustedes me preguntan a mí, técnicamente, ¿cuál es la manera de seguir evitando esta disparidad de interpretaciones para cumplir el propósito de la legislación aprobada por el Congreso en estos beneficios? Es la ley de ejecución de penas. No hace falta una nueva ley», afirmó.
Además advirtió que las modificaciones legales no deberían concentrarse únicamente en la polémica actual, porque podrían repercutir en otros ámbitos del cumplimiento de condenas, y pidió considerar los efectos que las distintas interpretaciones pueden tener en otros beneficios penitenciarios. En la misma línea, cuestionó que el Gobierno haya planteado nuevas modificaciones legales mientras se posterga la entrada en vigencia de la Defensoría de las Víctimas, y llamó a mantener coherencia en el tratamiento legislativo de los derechos y la participación de quienes han sufrido delitos.
ACUSACIÓN CONSTITUCIONAL
Consultado por la posibilidad de que la oposición presente una acusación constitucional contra Rabat, Cordero manifestó reparos al uso de ese mecanismo. «Mire, yo soy muy crítico del uso de las acusaciones constitucionales como un medio de derribar a un adversario político. La administración anterior fue víctima de un uso abusivo de las acusaciones constitucionales», dijo.
Aunque cuestionó el eventual uso del libelo, planteó que el Gobierno también debe contribuir a superar la controversia y reconocer que pudo haber actuado de otra manera, pues insistir en responsabilizar a terceros por decisiones propias dificulta el diálogo y distorsiona el debate público.
Sobre los fundamentos de una eventual acusación, recordó que una de las causales contempla haber dejado sin ejecución la ley. En ese marco reconoció que existe una interpretación jurídica planteada por Rabat, pero insistió en que, a su juicio, el ministro debió actuar conforme al propósito de la normativa aprobada por el Congreso. «Él optó por una interpretación, pero a mí me parece que este es un caso donde el foco debiese estar en tratar de abordar la ejecución de penas. Yo pediría no cometer el error de tener un proyecto en específico para este caso porque creo que puede distorsionar, y preocuparnos en definitiva de eso. Y adicionalmente, esta crisis creo que es una oportunidad para el Gobierno también para reconocer errores propios», afirmó.
Por último, advirtió sobre los riesgos jurídicos de suspender indefinidamente la tramitación de nuevos decretos de rebaja de condena. «Yo creo que es una exposición de riesgo innecesaria para el ministro», señaló, agregando que la autoridad debe adoptar decisiones y no postergarlas de manera indefinida.
En nuestra lectura, el cruce entre un exministro y el titular en ejercicio pone el acento en un asunto que parece más técnico que político: qué debe guiar a la autoridad administrativa cuando aplica una ley ya aprobada. Sería prudente que esa discusión se mantenga separada del cálculo contingente que rodea a una eventual acusación constitucional.
Fuente: Emol
Documento original: https://www.emol.com/noticias/Nacional/2026/10/25/1215114/cordero-rebaja-de-penas.html
Nota del Editor: Fotografía referencial generada por Inteligencia Artificial.








