
El Cuarto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago condenó a Ociel Dalí Ramos Ramos a la pena de 5 años y un día de presidio efectivo, en calidad de autor del delito consumado de robo con intimidación. El ilícito se cometió en marzo de 2025 en la comuna de Estación Central y la sentencia fue dada a conocer el 13 de agosto de 2026, en la causa rol 533-2025.
El fallo, adoptado de manera unánime por el tribunal integrado por los magistrados Erick Aravena Moscoso como presidente, Claudia Morgado Moscoso y Carolina Escandón Cox como redactora, aplicó al sentenciado las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos, junto con la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena.
El caso corresponde a una modalidad delictiva que afecta a usuarios del transporte público público, y la resolución del tribunal capitalino aplicó las normas del Código Penal que sancionan la intimidación como medio de comisión del robo.
LOS HECHOS ACREDITADOS
El tribunal dio por establecido, más allá de toda duda razonable, que alrededor de las 13:00 horas del 16 de marzo de 2025, Ramos Ramos abordó a la víctima Deyanira Maité Díaz Saucedo en el interior de un bus de locomoción colectiva, a la altura de la avenida María Rozas Velásquez. Según la sentencia, el acusado sostenía un elemento cortopunzante y la intimidó con expresiones verbales, exigiéndole la entrega de su teléfono celular.
La víctima, ante la amenaza, soltó el dispositivo, un iPhone 13 de color blanco, del cual el imputado se apropió para luego descender del bus. Díaz Saucedo lo siguió y fue auxiliada por un inspector municipal que circulaba en un vehículo de seguridad, quien la hizo subir para continuar el seguimiento. La persecución permitió la detención del acusado, aunque la especie sustraída y el arma cortopunzante no fueron recuperadas.
CALIFICACIÓN JURÍDICA
El tribunal concluyó que los hechos acreditados constituyen el delito de robo con intimidación, previsto y sancionado en el artículo 436 inciso primero del Código Penal, en relación con los artículos 432 y 439 del mismo cuerpo legal, en grado de desarrollo consumado. El fallo subrayó que se verificó el uso de intimidación mediante la exhibición de un objeto cortopunzante y una amenaza explícita, con expresiones verbales destinadas a vencer la resistencia de la víctima y forzar la entrega del teléfono.
En cuanto al grado de ejecución, el tribunal sostuvo que el delito se perfeccionó en grado consumado porque la especie salió de la esfera de custodia de su legítima tenedora y el acusado mantuvo el dominio sobre ella durante su huida, sin que fuera recuperada. Respecto de la participación, el fallo atribuyó a Ramos Ramos la calidad de autor directo, conforme al artículo 15 N°1 del Código Penal, al haber tomado parte en la ejecución del hecho de manera inmediata y directa.
RAZONES PARA LA PENA
Para fijar la sanción, el tribunal ponderó los antecedentes de la causa conforme al artículo 449, regla 1ª, del Código Penal. Considerando el marco penal del artículo 436 inciso primero, que contempla la pena de presidio mayor en sus grados mínimo a máximo, se determinó aplicar la pena en el mínimum del tramo legal respectivo, esto es, 5 años y un día de presidio mayor en su grado mínimo.
La decisión se basó en que no se rindió prueba suficiente para acreditar todos los presupuestos fácticos de la agravante invocada. En particular, no se acompañaron copias debidamente extendidas de la sentencia condenatoria aludida, por lo que no se tuvo noticia acerca de la fecha del hecho primitivo. Ello impidió esclarecer si la agravante se encontraba prescrita o no, en atención a lo dispuesto en el artículo 104 del Código Penal.
TOMA DE MUESTRAS DE ADN
Una vez que el fallo quede ejecutoriado, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas del sentenciado para determinar sus huellas genéticas e incorporarlas en el registro nacional de ADN de condenados. Esta medida se enmarca en las disposiciones legales que regulan el registro genético de personas condenadas por delitos graves.
Fuente: Sitio Web del Poder Judicial de Chile
Nota del Editor Fotografía referencial generada por Inteligencia Artificial.













