
La Comisión de Obras Públicas del Senado retomó el miércoles 23 de septiembre de 2026 el estudio del proyecto de ley que modifica las reglas de autocontrol de pesaje aplicables a las empresas generadoras de carga, en segundo trámite constitucional. La sesión se realizó en la Sala 4 de Comisiones, tercer piso, Valparaíso, y tuvo como invitado al ministro de Obras Públicas y de Transportes y Telecomunicaciones. El registro completo está disponible en el canal TV Senado Chile.
LA CUENTA DE LA SECRETARÍA
Antes de entrar en la materia, la secretaría dio cuenta del ingreso de tres mociones y de una comunicación externa. Las iniciativas abordan obligaciones para propietarios de predios rurales colindantes con caminos públicos, una rebaja temporal de la tarifa de peaje asociada a una caída significativa del nivel de servicio y la exención del pago de peaje para vehículos particulares en casos de emergencia. También se recibió un documento de las federaciones nacionales de agua potable rural y saneamiento rural, orientado a la discusión del presupuesto 2027.
LAS OCHO INDICACIONES DEL EJECUTIVO
El ministro explicó que el proyecto acumuló un trabajo extenso entre Obras Públicas y Transportes, y que la versión más reciente recoge ocho indicaciones surgidas del diálogo con los gremios de camioneros y con los generadores de carga. El objetivo, dijo, es fiscalizar y mejorar el mantenimiento de la infraestructura vial, sin bloquear la operación logística del país.
En materia sancionatoria, la primera indicación modifica el artículo 52 y eleva el marco de multas del título, que sube desde un rango de 2 a 50 UTM hasta uno de 2 a 500 UTM, con excepciones para ciertas infracciones. Junto con ello se fija un plazo de 10 días, contados desde la notificación, para reclamar ante la justicia de la resolución del director de Vialidad.
La segunda reordena el régimen de infracciones del artículo 53: precisa que el conocimiento corresponde al juez de policía local, que las multas constituyen ingreso propio del Ministerio de Obras Públicas y moderniza las notificaciones y la acreditación del cumplimiento mediante certificados digitales, registros de autocontrol y documentación tributaria.
La tercera incorpora el artículo 53 bis, que fija quiénes quedan obligados al autocontrol: las compañías generadoras de carga cuya producción anual alcance 60.000 toneladas o más en cada punto de embarque, y las empresas de transferencia que reciban y despachen ese mismo volumen. Ambas deberán diseñar y operar sistemas de pesaje, registrar la información en línea, mantener los registros disponibles y entregar certificados digitales de peso, con planes de autocontrol y reglas específicas para instalaciones portuarias y ferroviarias.
La cuarta se refiere al nuevo artículo 53 ter, sobre mecanismos alternativos de verificación de peso. Ese punto concentró una de las principales inquietudes de los senadores, que advirtieron sobre las filas que podrían generarse en los accesos portuarios si el control demora la operación.
La quinta modifica el artículo 95 y entrega a la Dirección de Vialidad facultades para fiscalizar y auditar los sistemas de pesaje y la transmisión de información. Crea además una escala de multas que va de 10 a 1.000 UTM según la gravedad, aplicable, entre otros casos, a quien no implemente el sistema, opere sin autorización, incumpla el registro certificado o manipule los datos.
La sexta se refiere a la responsabilidad en el pago de las multas y precisa quién responde en cada tramo de la cadena logística, según dónde se detecte el sobrepeso: la empresa generadora, la empresa de transferencia, el dueño de la carga y, finalmente, el conductor junto al propietario o tenedor del vehículo. En determinados escenarios se contempla responsabilidad solidaria.
La séptima aborda la entrada en vigencia para las instalaciones que no están sujetas a concesión: las nuevas disposiciones comenzarán a regir 12 meses después de la publicación en el Diario Oficial del decreto que determine el porcentaje de vehículos de carga sometidos a pesaje, lo que otorga un periodo de adaptación a la industria.
La octava fija en 12 meses, desde la publicación de la ley, el plazo general para dictar los decretos supremos de implementación, con dos excepciones que llegan a 24 meses: el reglamento de mecanismos alternativos del artículo 53 ter y el referido al inciso sexto del artículo 53 bis.
LOS REPAROS DE LA COMISIÓN
Desde la comisión se objetó que parte importante de la regulación quede entregada al reglamento. Se pidió conocer el criterio técnico detrás de la exclusión del comercio minorista, que dejaría fuera del sistema a quienes reciben carga solo para abastecer supermercados o centros comerciales, y se preguntó qué volumen de carga hoy fiscalizable quedaría al margen.
También se observó el cambio de estándar: ya no se exigiría pesar el 100% de los vehículos, sino el porcentaje que determine un decreto del Ministerio de Obras Públicas, sin que la ley fije un piso mínimo de cobertura. A juicio de los parlamentarios, se trata de materias que deben discutirse antes de votar.
Otro punto fue la magnitud del alza de las multas. Un senador sostuvo que pasar desde cerca de 140 mil pesos a unos 35 millones resulta desproporcionado para una primera infracción y propuso una escala progresiva, con montos crecientes según la cantidad de incumplimientos, en lugar de un rango tan amplio.
Se pidió además precisar con qué organizaciones se conversó. Según se dijo en la sesión, gremios como Corma plantearon que se reunieron con Vialidad en mayo sin alcanzar acuerdos y que sus propuestas no estarían reflejadas en el texto.
LOS GREMIOS Y LA RESPUESTA DEL EJECUTIVO
Un asesor de Obras Públicas detalló que las reuniones y el trabajo de lobby se desarrollaron, entre otros, con CNTC, CNDC, el Consejo Superior de Transporte, Aloc, Campor, Celulosa Arauco, Corma, Mercado Libre, Agetich y Chile Transporte. Explicó que el propósito del proyecto no es trasladar a los privados una fiscalización que el Estado realiza en ruta, sino cuidar los pavimentos en los lugares donde las empresas generan su actividad económica mediante el transporte.
La autoridad ministerial aclaró, en todo caso, que no existió una mesa técnica previa con los asesores y que lo que ingresó fue una indicación del Ejecutivo, elaborada tras encuentros con las asociaciones gremiales. Sobre el equilibrio del texto, se explicó que se reduce el porcentaje de fiscalización, pero aumentan las sanciones: la probabilidad de ser controlado baja, aunque la multa por incumplimiento crece de forma considerable.
PESAJE AUTOMÁTICO Y CERTIFICACIÓN
En el debate también se abordaron los sistemas automáticos de control de peso, que permiten fiscalizar el flujo vehicular completo sin detener los camiones. Su operación considera que el vehículo circule a velocidad constante, por ejemplo 60 kilómetros por hora, y que sea pesado en movimiento. Ya existe un prototipo probado en Curacabí, en la Ruta 68, y la expectativa es licitar el primer punto de control automático del país el próximo año.
A esos sistemas se suma una exigencia incorporada al procedimiento: las denuncias de Vialidad por pesajes en plazas fijas, móviles o sistemas automáticos deberán ir acompañadas del certificado de calibración vigente de la balanza o del sistema utilizado. La idea, se dijo, es reforzar la fiabilidad técnica de la acusación y el debido proceso del infractor.
ACUERDOS DE LA JORNADA
La comisión acordó constituir una mesa técnica, con un plazo máximo de dos semanas, para unificar criterios entre el Ejecutivo y los asesores parlamentarios y revisar los puntos en disputa. En paralelo, resolvió avanzar de inmediato en la revisión artículo por artículo de las indicaciones, votando cada propuesta en la medida en que existiera acuerdo.
En esa línea se aprobó por cuatro votos contra cero el literal A de la primera indicación, con una enmienda para eliminar la referencia a los artículos 53 y 53 quinquies. También se acordó suprimir la expresión que aludía a la consignación del pago, aprobar el nuevo inciso primero del artículo 53 y respaldar las reglas de notificación y la exigencia del certificado de calibración.
Una observación de un juez de policía local de Curacabí, que proponía destinar un porcentaje de las multas a las municipalidades, fue comentada en la sesión, pero no contó con respaldo. La jornada terminó con varios puntos pendientes, que quedaron para el trabajo de la mesa técnica.
Nota del Editor Fotografía referencial generada por Inteligencia Artificial.








