
La Sala de la Cámara de Diputados aprobó en general el proyecto de ley que crea una Comisión de Comercio Estratégico, un órgano estatal llamado a controlar la exportación, el corretaje internacional, la salida temporal y el tránsito de materiales de uso dual y de defensa. La iniciativa, contenida en el boletín 14773, busca impedir que los materiales de defensa que salen desde Chile o que transitan por el territorio nacional se utilicen para vulnerar el derecho internacional y la seguridad humana, o bien se destinen a la fabricación o desarrollo de armas de destrucción masiva.
Tras el respaldo de la Sala, el texto volvió a la Comisión de Defensa para un nuevo informe, luego de ser objeto de indicaciones. El grueso de las normas se aprobó por 124 votos a favor, 4 en contra y 2 abstenciones, mientras que las normas de quórum obtuvieron 126 votos a favor, 4 en contra y 2 abstenciones.
EL ALCANCE DE LA REGULACIÓN
El proyecto define una Lista de Control que identifica los materiales sujetos a la ley. Sobre ellos, la Comisión regulará la exportación, el corretaje internacional, la salida temporal, el tránsito y el cambio de usuario final, uso final o país o territorio de destino.
Las normas alcanzarán a cualquier persona natural o jurídica, de derecho público o privado, que realice esas operaciones. También abarcan la transmisión al extranjero, por medios de comunicación electrónicos o de otro tipo, de manuales, planos, instructivos y programas informáticos necesarios para el desarrollo, producción o uso de los materiales regulados.
UNA COMISIÓN INTERMINISTERIAL
La Comisión de Comercio Estratégico será un órgano interministerial integrado por representantes de ocho carteras y presidido por Relaciones Exteriores. Contará además con un ministro de fe y un secretario ejecutivo, funcionarios públicos de esa Secretaría de Estado que no percibirán remuneración especial por esa labor.
Entre sus funciones están coordinar y proponer a las autoridades competentes los actos, planes de acción, programas y políticas para cumplir la ley; proponer al Presidente de la República modificaciones a la Lista de Control; resolver sobre el otorgamiento, denegación, suspensión, revocación, modificación y renovación de las licencias de materiales de uso dual; y establecer excepciones generales al requisito de autorización para exportaciones o salidas temporales de materiales de uso dual hacia determinados países o territorios.
AUTORIZACIONES Y LICENCIAS
El proyecto distingue el régimen aplicable según el tipo de material. Los de uso dual, comprendidos en la sección I de la Lista de Control, requerirán autorización de la Comisión. Los de defensa, consignados en la sección II, quedarán sujetos al Ministerio de Defensa Nacional, a través de la Dirección General de Movilización Nacional.
El texto también establece un deber de informar a las comisiones de Defensa de la Cámara y del Senado, y regula las características de las licencias, las causales de denegación, suspensión, revocación o modificación, los procedimientos aplicables y las excepciones al principio de publicidad de la información. A ello se suman normas sobre el tránsito prohibido de materiales, el corretaje internacional y su Registro de Corredores, y el rol del Servicio Nacional de Aduanas, entre otras materias.
CUATRO NUEVOS DELITOS
La propuesta incorpora cuatro figuras penales específicas para el comercio estratégico. La exportación o salida temporal sin licencia, autorización o permiso se castiga con presidio menor en su grado medio a máximo, es decir, de 541 días a 5 años, y multa de hasta dos veces el valor aduanero de las mercancías. Cuando los materiales carezcan de valor aduanero, la multa llega hasta 100 UTM. Queda fuera de esta figura quien actúe al amparo de una excepción general al requisito de autorización.
La exportación o salida temporal sin licencia de materiales no señalados en la Lista de Control se sanciona con presidio menor en su grado mínimo a medio, entre 61 días y 3 años, y multa de hasta una vez el valor aduanero; sin valor aduanero, hasta 50 UTM. La presentación de antecedentes falsos recibe presidio menor en su grado mínimo a medio y multa de 10 a 100 UTM. El tránsito prohibido de materiales afectos a la ley se castiga con presidio menor en su grado mínimo a medio y multa de hasta una vez el valor aduanero, o hasta 50 UTM si no existe valor aduanero.
EL DEBATE EN LA SALA
En la jornada expuso únicamente el diputado Marcos Barraza, quien reconoció la importancia del control que persigue la iniciativa y valoró la creación de una comisión especializada. A su juicio, también resulta necesario identificar los desafíos que plantean las nuevas tecnologías, fortalecer la actualización de la información, mantenerse alineado con los acuerdos internacionales y adoptar decisiones fundadas.
Fuente: Cámara de Diputadas y Diputados de Chile
Documento original: https://www.camara.cl/cms/2026/09/21/apoyan-creacion-de-comision-estatal-para-el-control-del-comercio-estrategico/
Nota del Editor Fotografía referencial generada por Inteligencia Artificial.








