
La Ley N° 21.848, publicada en el Diario Oficial el 17 de octubre de 2026, modifica normas legales previas con tres finalidades: extender la vigencia de determinados beneficios económicos, otorgar un apoyo extraordinario a pescadores artesanales y ampliar el plazo para efectuar aportes fiscales al Fondo de Garantía para Pequeños y Medianos Empresarios (FOGAPE).
Transporte público
En primer término, la norma modifica la Ley N° 20.378, que crea un subsidio nacional para el transporte público remunerado de pasajeros. Con ello, extiende de seis a nueve meses la vigencia de uno de los bonos contemplados en sus disposiciones transitorias vinculadas al subsidio nacional. La descripción del boletín indica que la ley extiende la vigencia de los bonos establecidos en la Ley N° 21.811.
Bono para pescadores artesanales
Se concede un bono mensual extraordinario de $100.000, de cargo fiscal, a los propietarios de embarcaciones de pesca artesanal de hasta doce metros de eslora que se encuentren inscritas en el Registro Pesquero Artesanal y acrediten actividad pesquera en los períodos establecidos por la ley. El beneficio se otorgará entre octubre y diciembre de 2026 y está destinado a contribuir a la compra de combustible para la operación de las embarcaciones.
Ley N° 21.828La norma dispone el procedimiento de elaboración de nóminas de beneficiarios, el pago del bono por parte del Instituto de Previsión Social y los mecanismos de reclamación respecto de su otorgamiento.
FOGAPE
La ley modifica la Ley N° 21.229, ampliando el plazo para realizar aportes al patrimonio del FOGAPE. El límite anterior de cuarenta y ocho meses desde la entrada en vigencia de esa ley se sustituye por la posibilidad de efectuar aportes en una o más transferencias hasta el 31 de diciembre de 2028.
Financiamiento
La disposición transitoria sobre financiamiento establece que el mayor gasto fiscal derivado de la aplicación de la ley será financiado mediante recursos del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, sin perjuicio de los suplementos presupuestarios que pueda efectuar el Ministerio de Hacienda con cargo al Tesoro Público.
Fuente: Boletín Legislativo Nº 521 — Biblioteca del Congreso Nacional (BCN). Diario Oficial: 17 de octubre de 2026. Texto completo: ver texto completo en LeyChile · Historia de la Ley: ver historia de la ley.
Nota del Editor Fotografía referencial generada por Inteligencia Artificial.







