
| Tribunal | Corte Suprema |
|---|---|
| Fecha | 16 de octubre |
| Materia | Derecho Civil |
| Resultado | Otorga el título de abogada y abogado |
La Corte Suprema, reunida en pleno, otorgó el título de abogada y abogado a un nuevo grupo de licenciadas y licenciados en una audiencia pública celebrada el 16 de octubre, jornada en que el país conmemora el Día del Profesor. La ceremonia fue encabezada por la presidenta del máximo tribunal, Gloriana Chevezich Ruiz, acompañada por las ministras y ministros del pleno, quienes recibieron el juramento o promesa de los postulantes. Intervino también el secretario del tribunal, a cargo de tomar la promesa, en un acto al que asistieron familiares, amistades y docentes de los nuevos profesionales.
EL MARCO LEGAL DEL JURAMENTO
Según el artículo 521 del Código Orgánico de Tribunales, la audiencia pública de la Corte Suprema en pleno tiene por objeto conferir el título una vez que los postulantes han prestado el juramento o promesa que la ley exige. Tras la lectura de la nómina de licenciadas y licenciados, el secretario tomó la promesa y las ministras y ministros la recibieron. Luego, en virtud del artículo 522 del mismo código, y por cumplir con los requisitos que la ley contempla, los postulantes quedaron legalmente investidos del título de abogada y abogado. La Corte Suprema les felicitó y les deseó un buen desarrollo profesional y personal.
EL VÍNCULO ENTRE ENSEÑANZA Y ABOGACÍA
En su discurso, la presidenta del tribunal vinculó la fecha de la ceremonia con el Día del Profesor y planteó que la enseñanza comparte con la abogacía un rasgo particular: quien enseña casi nunca llega a saber qué será de aquello que entrega. Recordó que en 1957 Albert Camus, al recibir el Premio Nobel de Literatura, escribió una carta a su profesor de escuela primaria para reconocer la huella de quien confió en él, le exigió y le mostró el camino, gesto que, a su juicio, revela que toda trayectoria personal se apoya en una historia colectiva.
A partir de esa idea, sostuvo que el abogado también enseña, muchas veces sin proponérselo. Enseña cuando aclara a alguien el alcance de sus derechos y hasta dónde llegan sus pretensiones, cuando acerca el lenguaje técnico de las normas a quien no lo maneja, cuando colabora para que otra persona comprenda una resolución, un deber o los efectos de una decisión y, sobre todo, cuando transmite con su conducta una cierta idea de la profesión ante estudiantes, colegas más jóvenes, clientes, contrapartes y quienes administran justicia.
ENSEÑAR CON EL EJEMPLO
El discurso se detuvo además en la responsabilidad de enseñar con el ejemplo. La presidenta planteó que la integridad profesional no se aprende solo en los manuales ni en las aulas universitarias, sino que se transmite mediante conductas. Bajo esa lógica, señaló que las generaciones se observan entre sí: una mira a la que la precede, aprende de ella y luego, sin advertirlo, pasa a ser la generación observada.
De ahí que enumerara una serie de gestos cotidianos con valor formativo: elaborar un escrito con esmero en lugar de improvisarlo, admitir una equivocación en vez de esconderla, mantener el respeto hacia la contraparte incluso en medio de un conflicto áspero, explicar con paciencia al cliente una respuesta que preferiría no escuchar, inclinarse por el argumento jurídicamente sólido antes que por el más cómodo y honrar la palabra empeñada.
EL DECÁLOGO DE COUTURE Y EL CÓDIGO DE ÉTICA
El discurso recurrió al decálogo de Eduardo Couture. Mencionó el primer mandamiento, que invita a estudiar, y advirtió que el derecho se transforma de manera permanente, de modo que quien no acompaña ese movimiento queda, día a día, un poco menos abogado. Aludó asimismo al segundo mandamiento, que llama a pensar, y al quinto, que ordena ser leal. Sobre este último, recordó que el Código Orgánico de Tribunales exige jurar o prometer el desempeño leal y honrado de la profesión, adjetivos que, a su entender, contienen una parte sustantiva de lo que la sociedad espera de quienes la ejercen.
En ese punto precisó que la lealtad no equivale a obediencia ciega a los intereses del cliente, pues el abogado no es alguien que simplemente ejecuta voluntades. A su juicio, implica defender los intereses con dedicación, resguardar la confidencialidad, explicar con transparencia y sostener con firmeza los derechos recibidos en custodia, conservando además la independencia necesaria para advertir cuando algo no puede hacerse o cuando una pretensión carece de respaldo jurídico. Recordó que el código de ética del Colegio de Abogados somete la relación con el cliente a la ley y a las reglas éticas de la profesión.
LA HONRADEZ Y LA CONFIANZA
Respecto de la honradez, señaló que ese mismo código exige actuar con integridad y buena fe, y que la exigencia supera con creces la mera abstención de actuaciones ilícitas. Explicó que la profesión jurídica opera sobre relaciones de confianza: del cliente, que entrega información que no revelaría a nadie más; del tribunal, que recibe antecedentes y argumentos; de la contraparte, que celebra un acuerdo, y de la sociedad, que reconoce a la abogacía un rol relevante en la administración de justicia. Por eso concluyó que cada actuación suma o resta a la confianza que la ciudadanía deposita en la profesión, en la justicia y en el Estado de derecho.
Cerró su intervención felicitando a los nuevos profesionales y haciendo extensiva la felicitación a sus familias, amistades y docentes que los acompañaron en su formación. Les recordó que asumen el deber de aportar, desde el ejercicio del derecho, a que la justicia se realice, y les exhortó a continuar estudiando y pensando, y a ser leales y honrados, pues desde ahora su conducta podrá mostrar a otros una manera de entender y ejercer la profesión. Concluido el objetivo de la audiencia, se levantó la sesión.
Nota del Editor: Fotografía referencial generada por Inteligencia Artificial.








