
La Comisión de Familia de la Cámara de Diputados avanzó un nuevo tramo en la votación del proyecto que fortalece el ejercicio de la responsabilidad parental, boletín 18378. En la sesión, que contó con la presencia del ministro de Justicia, Fernando Rabat, los parlamentarios concentraron el debate en los artículos que describen cómo se aplicará el procedimiento diseñado por el Ejecutivo. La mayoría de las normas aprobadas hasta ahora ha contado con respaldo unánime, un aspecto que los propios diputados han valorado durante la tramitación de la iniciativa.
EL ÁMBITO DE APLICACIÓN DEL PROCEDIMIENTO
El secretario de Estado explicó el alcance de las indicaciones presentadas al proyecto, que fijan los contornos del mecanismo. De acuerdo con lo expuesto en la comisión, el procedimiento operará cuando menores de 14 años cometan delitos. En el caso de las faltas, las reglas sobre responsabilidad parental se aplicarán a menores de 16 años, siempre que esas conductas no se encuentren contempladas en la Ley de Responsabilidad Penal Adolescente.
La instancia respaldó además incorporar como competencia de los juzgados de familia la responsabilidad de los padres por el incumplimiento de los deberes de guía y orientación activa.
UN PROCEDIMIENTO PREVENTIVO Y TUTELAR
Los artículos respaldados describen el procedimiento destinado a evaluar la responsabilidad infraccional parental ante un eventual incumplimiento de esos deberes. El texto lo califica como un procedimiento de carácter especial, de naturaleza preventiva y tutelar.
Su finalidad, según la iniciativa, es fortalecer el ejercicio del deber parental de orientación y guía a través de la adopción de medidas idóneas. Ello, sin perjuicio de las sanciones que procedan en los casos de incumplimiento grave y reiterado de las obligaciones de padre y madre.
El mecanismo se activará cuando un niño, niña o adolescente menor de 16 años incurra en conductas ilícitas respecto de terceros, siempre que esas conductas sean atribuibles a una conocida falta de diligencia del padre, de la madre o de ambos en el ejercicio del deber de guía y orientación.
LAS EXCLUSIONES QUE CONTEMPLA LA INICIATIVA
El proyecto incorpora dos precisiones que delimitan su campo de acción. La primera se refiere a los niños, niñas y adolescentes sujetos a una medida de cuidado alternativo: respecto de ellos, el procedimiento no se aplicará a quienes ejerzan su cuidado.
La segunda apunta al fundamento mismo de la falta de diligencia. El texto establece que esta no podrá sustentarse en el ejercicio del derecho preferente de los padres a educar a sus hijos conforme a sus propias convicciones.
EL DEBATE EN LA COMISIÓN
Durante la discusión, los diputados presentes valoraron el amplio consenso que ha acompañado la tramitación de la iniciativa. El diputado César Valenzuela subrayó que todas las normas aprobadas hasta el momento contaron con respaldo unánime y relevó la disposición del Ministerio de Justicia para alcanzar acuerdos, incluso en materias complejas.
Valenzuela agregó que el objetivo central de la propuesta consiste en fortalecer el rol de madres y padres en la orientación, formación y acompañamiento de sus hijos, promoviendo un ejercicio activo de sus responsabilidades parentales.
En la misma línea, la diputada Francesca Muñoz señaló que el espíritu de la iniciativa busca resguardar el derecho preferente de madres y padres a educar a sus hijos. La parlamentaria valoró además que durante la discusión se precisara que las familias de acogida no quedarán sujetas a las sanciones derivadas de los procedimientos de responsabilidad parental por eventuales faltas o delitos cometidos por los niños, niñas o adolescentes que están bajo su cuidado.
Fuente: Cámara de Diputadas y Diputados de Chile
Documento original: https://www.camara.cl/cms/2026/09/21/comienza-analisis-sobre-procedimiento-para-aplicar-responsabilidad-parental/
Nota del Editor Fotografía referencial generada por Inteligencia Artificial.








