El Tribunal Constitucional rechazó por nueve votos contra uno el requerimiento presentado por el Ejecutivo en contra del artículo 31 de la Ley de Reconstrucción, norma que obliga a las empresas concesionarias de distribución eléctrica, servicios sanitarios y gas a reponer gratuitamente los servicios tras una emergencia. La decisión, informada el 25 de agosto de 2026, motivó la preocupación de la Asociación de Empresas de Gas Natural (AGN), que advierte sobre los riesgos de cumplir la medida sin poner en peligro la seguridad de las personas.
El artículo cuestionado establece que las empresas de distribución eléctrica, servicios sanitarios y gas deben restablecer sus servicios a usuarios residenciales y a micro, pequeñas y medianas empresas ubicadas en zonas declaradas bajo estado de catástrofe. En el caso específico del gas por redes, la ley fija un máximo de 48 horas para concretar la reconexión, un plazo que la Asociación de Empresas de Gas Natural (AGN) considera técnicamente inviable como exigencia uniforme.
Carlos Cortés Simon, presidente ejecutivo de la AGN, fue categórico al referirse a la nueva obligación. A su juicio, la normativa es imposible de cumplir resguardando la seguridad de todas las personas, porque la reposición del servicio exige verificar previamente que las redes y las instalaciones no representen un riesgo para la población.
LA ADVERTENCIA DE LA INDUSTRIA
El gremio explicó que aplicar un plazo único de 48 horas, sin distinguir el tipo de emergencia ni los daños provocados, genera una tensión directa entre la obligación legal de reconectar y la necesidad de realizar las verificaciones de seguridad correspondientes. En el gas por redes, reponer el servicio exige comprobar antes que las redes e instalaciones estén en condiciones seguras.
Para respaldar su posición, la AGN citó un informe técnico independiente elaborado por Gamma Ingenieros, firma que ha participado en la elaboración de normas de seguridad para el sector. Según ese análisis, el plazo establecido no sería técnicamente practicable como una exigencia perentoria e indiferenciada, y omitir las revisiones previas podría exponer a las personas a fugas, intoxicaciones y explosiones.
El gremio también recurrió a la experiencia del terremoto de 2010 para dimensionar el desafío. Solo en las regiones Metropolitana y de Valparaíso fueron necesarias más de 46.500 reposiciones de gas, con trabajos que se extendieron entre tres semanas y cuatro meses dependiendo de la zona. En esas labores participaron más de 70 equipos en turnos diurnos y nocturnos, sin que se registraran incidentes.
AGN PIDE COMPATIBILIZAR PLAZO Y SEGURIDAD
Tras conocer el fallo del TC, la asociación sostuvo que respeta la resolución del tribunal, pero insistió en la necesidad de que la autoridad sectorial precise cómo deberá aplicarse la normativa cuando se produzcan emergencias. La organización aseguró que mantendrá las verificaciones de seguridad exigidas por la regulación antes de restablecer el suministro y manifestó su disposición a colaborar con las autoridades en la implementación de la nueva obligación.
Para la AGN, la decisión del TC no elimina el problema de fondo: cómo ejecutar una reconexión rápida sin sacrificar los protocolos que protegen a los usuarios.
Cortés cerró con una advertencia directa. Respetamos la decisión del Tribunal. Precisamente porque asumimos esa responsabilidad con seriedad, insistimos en algo que no admite excepción: en gas, proteger a las personas empieza por no reconectar antes de saber que es seguro hacerlo.
Fuente: EMOL
Nota del Editor Fotografía referencial generada por Inteligencia Artificial.
