
La Sala de la Cámara de Diputados aprobó por unanimidad, con 140 votos a favor, el proyecto de ley que refuerza la protección de las víctimas de violencia intrafamiliar y previene su revictimización. La iniciativa, originada en mociones refundidas contenidas en los boletines 18236 y 18414, fue despachada al Senado para continuar su tramitación. El texto aprobado combina comparecencia remota, resguardos para evitar el contacto entre las partes y un régimen especial para las declaraciones de las víctimas.
COMPARECENCIA REMOTA ANTE EL TRIBUNAL
La norma enviada al Senado establece que el juez deberá autorizar la comparecencia por videoconferencia de la víctima que lo solicite, en una o varias audiencias que se realicen presencialmente en el tribunal. También podrá autorizar la comparecencia remota del presunto ofensor cuando así lo pida la víctima de violencia intrafamiliar.
En esos casos, la autorización solo podrá denegarse cuando la modalidad genere indefensión. La solicitud puede presentarse hasta dos días antes de la audiencia, acompañando algún medio de contacto oportuno, como un número de teléfono o un correo electrónico, para que el tribunal coordine la conexión. Si tras tres intentos no es posible contactar a la parte interesada, dejando constancia de ello, se entenderá que no compareció.
El texto admite además formular la solicitud después del plazo cuando aparezcan circunstancias que puedan afectar la seguridad o la protección de la víctima. En tal caso, el tribunal deberá pronunciarse antes de la realización de la audiencia respectiva.
RESGUARDO DE LA CONFIDENCIALIDAD Y NOTIFICACIÓN DE CAUTELARES
La iniciativa incorpora mecanismos para evitar el contacto entre víctimas y presuntos agresores durante las audiencias por violencia intrafamiliar, entre ellos salas de espera separadas e ingresos y salidas diferenciados. Añade resguardos para la confidencialidad de la ubicación de las víctimas cuando su divulgación pueda poner en riesgo su seguridad o la de sus hijos.
En situaciones de riesgo inminente, cuando no sea posible notificar medidas cautelares como órdenes de alejamiento o prohibiciones de tenencia de armas, se dispondrá su notificación a través de Carabineros o la PDI. Si esto tampoco resulta posible, podrán emplearse otros medios, como el correo electrónico. Mientras se concreta la notificación, el tribunal podrá ordenar rondas preventivas en el domicilio de la víctima.
DECLARACIÓN ANTICIPADA Y REGISTRO AUDIOVISUAL
El proyecto permite que la declaración de la víctima se rinda por videoconferencia, debiendo el tribunal verificar que se realice libremente, sin la presencia del presunto ofensor ni de terceros que puedan influir en ella. Asimismo, habilita declaraciones anticipadas cuando exista riesgo para la integridad de la víctima, de revictimización o de presiones para retractarse. Esos testimonios serán registrados en audio y video y podrán reproducirse durante el juicio oral, evitando una nueva declaración, salvo que el tribunal lo considere indispensable respecto de hechos nuevos o no abordados antes.
DEBATE PARLAMENTARIO
En el debate intervinieron, entre otros, Valentina Becerra, en calidad de informante, junto a Eileen Urqueta, Cristóbal Urruticoechea, José Antonio Rivas, Tomás Kast, Omar Sabat, Sara Concha, Cristian Mella, Carolina Cucumides y Cristian Contreras, además de otros parlamentarios.
Durante la discusión se destacó que las medidas serán útiles para mujeres que viven en localidades alejadas y que hoy deben trasladarse a otras zonas, faltar a sus trabajos o buscar quién cuide a sus hijos para asistir a las audiencias. Distintos sectores recordaron los nombres de víctimas de casos de violencia y señalaron que tras las altas cifras hay dolor, lamentando que el Estado exija denunciar sin garantizar protección y enfrentando nuevamente a las víctimas al miedo.
Si bien se reconoció que la normativa representa un avance, surgieron críticas por la falta de recursos presupuestarios para implementarla y se advirtió que muchas víctimas de zonas rurales no cuentan con las herramientas tecnológicas necesarias para acceder a estos beneficios. Otros sectores respaldaron las medidas de protección, pero alertaron sobre el uso de los procedimientos para presentar denuncias falsas contra los progenitores, sosteniendo que esas acusaciones pueden debilitar la confianza en las instituciones y desviar recursos públicos, por lo que pidieron poner en tabla el proyecto que busca sancionar esas conductas.
APLICABILIDAD PARA ABOGADOS
Para quienes litigan en materias de familia y violencia intrafamiliar, el texto fija reglas concretas: plazo de dos días para pedir la comparecencia remota, carga de proporcionar un medio de contacto, constancia de tres intentos fallidos y un estándar restrictivo de denegación, limitado a la indefensión. También contempla una vía posterior al plazo cuando medien circunstancias de seguridad.
En nuestra lectura, el proyecto aprobado por la Sala aborda un problema práctico que el propio debate dejó a la vista: la distancia y la logística que enfrentan muchas víctimas para llegar a tribunales. A juicio de este medio, sería prudente que la discusión en el Senado considere las condiciones materiales —conectividad y recursos— que los parlamentarios pusieron sobre la mesa, pues de ellas depende que estas herramientas puedan utilizarse.
Fuente: Cámara de Diputadas y Diputados de Chile
Documento original: https://www.camara.cl/cms/2026/10/28/aprueban-audiencias-remotas-por-violencia-intrafamiliar/
Nota del Editor: Fotografía referencial generada por Inteligencia Artificial.








