
El Ejecutivo ingresó 144 páginas de indicaciones al proyecto que regula las apuestas en línea, una iniciativa que se tramita en el Congreso desde 2022 y que actualmente cursa su segundo trámite constitucional. El eje es uno: prohibir toda la publicidad de estas plataformas, tengan o no licencia de operación. Las indicaciones, además, rebautizan el texto como «Proyecto de ley de regulación de las apuestas en línea, protección de la infancia y prevención de la ludopatía».
EL CERCO A LA PUBLICIDAD
La prohibición alcanza a toda la cadena involucrada: «a quien encarga o contrata la publicidad, a quien la diseña o produce, a quien la difunde o permite su difusión, a quien intermedia en su contratación y a quien la realiza personalmente».
Para los operadores autorizados, hacer publicidad podría costarles la licencia. Quienes diseñen, produzcan o difundan avisos arriesgan multas que van de 3 a 30 UTM. Y si la plataforma no cuenta con licencia, la publicidad pasa a ser delito, con riesgo de cárcel. La pena se agrava cuando la campaña está dirigida a menores de edad.
Los objetivos que declaran las indicaciones apuntan a prevenir el acceso de menores de edad, evitar conductas adictivas, reducir daños, proteger los derechos de los jugadores y preservar la fe pública y el orden público.
LOS DATOS QUE PRESIONAN
La preocupación por la ludopatía en adolescentes y jóvenes no es un fenómeno aislado. Un estudio de la Corporación de Juego Responsable y Red Preventiva Chile Copreventive, publicado a fines de 2025, alertaba que en el último año un 14% de los jóvenes había apostado online, con una edad promedio de 15,5 años entre estudiantes de primero a cuarto medio y de 21,4 años en educación superior.
Sobre las plataformas utilizadas, el 72% corresponde a casino online, el 41% a apuestas deportivas, el 9% a apuestas eSports, el 5% a otras plataformas y el 4% a póker online.
Una versión de abril de este año del mismo estudio, realizada por Red Preventiva Chile Copreventive, Actitud Lab y la USS, concluyó que la entrada a las apuestas no ocurre de forma repentina, sino que sigue un camino progresivo que se inicia en el entorno social. Entre los 12 y los 15 años, conocer a otros apostadores dispara el riesgo en 43%; alrededor de los 16, interactuar con anuncios eleva la probabilidad de apuesta en un 54%.
Las casas de apuestas online se masifican con publicidad a través de influencers, medios de comunicación y eventos masivos. El Mundial de Fútbol 2026 fue un ejemplo evidente, al punto de que algunos expertos y columnistas lo llamaron «el mundial de la ludopatía».
EXPERTOS: SIRVE, PERO NO BASTA
Nicolás Núñez, académico de Psicología de la UNAB, sostiene que «la evidencia sugiere que este tipo de medidas puede impactar en una reducción en la exposición a juegos de apuesta en niños, adolescentes, y jóvenes». A su juicio, también puede contribuir a disminuir el interés por estas aplicaciones y, sobre todo, la normalización de las conductas de apuesta entre los más jóvenes.
Con todo, advierte que «por sí sola, esta medida tiene un alcance limitado y se debe complementar con acciones de prevención y educación». A ello suma que «es importante considerar una mejora en el acceso a tratamientos efectivos para jóvenes que ya padecen algún tipo de trastorno asociado, como el juego compulsivo, o el uso problemático de internet».
Pablo Palma, director de la carrera de Psicología de la Universidad Autónoma, plantea que vetar la publicidad de casas de apuesta y juegos de azar dirigida a niños y adolescentes funcionaría muy bien como una medida inicial de contención. Pero coincide con Núñez en que la segunda etapa exige educación: «Si bien las barreras de acceso son fundamentales y se aplican siempre en la infancia y adolescencia, tarde o temprano esos menores alcanzarán la mayoría de edad».
«Por lo tanto, la mera prohibición deja de ser suficiente y debe complementarse con formación continua, extensiva también a los adultos, para que logren un consumo responsable e independiente de los estímulos publicitarios que reciban», subrayó.
APLICABILIDAD PARA ABOGADOS
Las indicaciones se encuentran en tramitación y no constituyen todavía norma vigente. Por eso los escenarios sancionatorios descritos, esto es, la pérdida de la licencia, las multas de 3 a 30 UTM y la eventual responsabilidad penal, operarían solo si el proyecto prospera en su actual segundo trámite constitucional. El alcance es amplio: comprende a los operadores y también a quienes encargan, diseñan, producen, difunden o intermedian la publicidad, según el detalle de las indicaciones.
En nuestra lectura, el expediente muestra que la prohibición publicitaria se discute como una señal necesaria pero insuficiente, y los propios especialistas consultados la emplazan a complementarse con prevención, educación y acceso a tratamiento. Sería prudente que esa advertencia acompañe el debate parlamentario y no quede relegada frente al endurecimiento de las sanciones.
Fuente: Emol
Documento original: https://www.emol.com/noticias/Nacional/2026/10/28/1215364/apuestas-online-ludopatia-proyecto-gobierno.html
Nota del Editor: Fotografía referencial generada por Inteligencia Artificial.








