
El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Valdivia condenó a Cristian Esteban Zaro Ponce, propietario del predio El Yeco en la comuna de Mariquina, por causar daños graves e irreversibles a un humedal a orillas del río Lingue. La sentencia, valorada públicamente por el Consejo de Defensa del Estado (CDE), tiene un rasgo que el propio organismo subrayó: sería la primera condena penal dictada en Chile bajo los delitos ambientales incorporados al Código Penal por la Ley de Delitos Económicos.
EL HITO QUE DESTACA EL CDE
El marco normativo es el punto que el Consejo de Defensa del Estado puso al centro de su declaración. La Ley N° 21.595, conocida como Ley de Delitos Económicos, incorporó al Código Penal nuevas figuras de delitos ambientales, y el fallo de Valdivia es presentado por la institución como el primero de carácter condenatorio dictado en el país bajo ese régimen. Se trata de una causa en la que el CDE intervino como parte querellante.
LA CAUSA
En ese rol, el organismo sostuvo la acusación particular junto al Ministerio Público y, según su relato, esa actuación coordinada permitió acreditar el daño causado al ecosistema. La institución calificó expresamente la sentencia como un hito histórico. El proceso se siguió ante el tribunal de juicio oral de Valdivia y tuvo por escenario un predio rural de Mariquina.
EL ESCENARIO
En ese lugar se emplaza un humedal palustre que forma parte de un sitio prioritario para la conservación de la biodiversidad, de acuerdo con los antecedentes difundidos por el organismo querellante. La investigación situó allí el propósito de las faenas: habilitar la venta de parcelas del predio El Yeco. El cuerpo de agua se vincula al río Lingue.
LA INTERVENCIÓN
Según los antecedentes de la investigación, entre octubre de 2023 y febrero de 2024 el sentenciado dispuso el movimiento de tierras con maquinaria pesada. El material removido fue posteriormente depositado sobre el humedal palustre. Esas faenas, siempre de acuerdo con la información entregada por el CDE, ocasionaron un grave daño al medioambiente.
EL DAÑO ACREDITADO
La investigación consignó tala ilegal de árboles y el desvío de dos quebradas que abastecían al ecosistema. Como consecuencia de esas mismas faenas se produjo, además, la pérdida total de la flora y la fauna nativas del humedal. Ese conjunto de afectaciones fue el que la querella del CDE, en coordinación con el Ministerio Público, permitió acreditar ante el tribunal.
LA CONDENA
El tribunal condenó a Cristian Esteban Zaro Ponce como autor de los delitos de contaminación ambiental con resultado grave y de tala no autorizada de bosque nativo. La pena impuesta fue de libertad vigilada intensiva durante 5 años, a la que se sumó una multa de 30.000 UTM. En la comunicación del organismo, esa cifra equivale a más de 2 mil millones de pesos.
LA REACCIÓN DEL CDE
El abogado procurador fiscal de Valdivia, Natalio Vodanovic, encabezó la lectura institucional del fallo. Su primera definición fue: «como Consejo de Defensa del Estado, valoramos esta primera condena dictada por el Tribunal bajo los nuevos delitos ambientales». Sobre el trabajo con el ente persecutor agregó: «En esta labor el trabajo coordinado con el Ministerio Público fue fundamental para acreditar el daño irreversible al humedal, demostrando que hoy contamos con herramientas penales robustas y eficaces para perseguir con el máximo rigor a quienes destruyen nuestro patrimonio natural».
APLICABILIDAD PARA ABOGADOS
Para quienes litigan en materia penal ambiental, la causa ofrece varios puntos de observación. El primero es la actuación del CDE como querellante en una investigación por delitos ambientales del Código Penal, desplegada en coordinación con el Ministerio Público. El segundo es la aplicación conjunta de dos figuras incorporadas por la Ley N° 21.595 en un mismo fallo condenatorio, la contaminación ambiental con resultado grave y la tala no autorizada de bosque nativo.
En materia de sanciones, el fallo combina la libertad vigilada intensiva por 5 años con una multa fijada en UTM. Ambos componentes aparecen descritos en la comunicación pública del organismo querellante, que además tradujo la multa a moneda nacional.
En nuestra lectura, el énfasis que el CDE puso en esta sentencia se apoya en elementos que el propio caso exhibe: un daño descrito como irreversible al humedal y una multa que, según sus cifras, supera los 2 mil millones de pesos. A juicio de este medio, sería prudente leerla como la primera aplicación condenatoria de la Ley N° 21.595, sin extraer todavía conclusiones de alcance general sobre cómo se resolverán otras causas.
Fuente: Consejo de Defensa del Estado
Documento original: https://www.cde.cl/cde-destaca-primera-condena-dictada-en-valdivia-por-delitos-ambientales-del-codigo-penal/
Nota del Editor: Fotografía referencial generada por Inteligencia Artificial.








