
LA MEGARREFORMA SE CONVIERTE EN LEY: DONACIONES, CRÉDITO AL EMPLEO Y REPATRIACIÓN DE CAPITALES ENTRAN EN LA PRIMERA FASE
La megarreforma tributaria fue publicada este jueves en el Diario Oficial y, con ese trámite, quedó como Ley de la República. Con ello se abre el proceso de implementación de una de las principales transformaciones estructurales del gobierno del Presidente José Antonio Kast, que contempla la rebaja del impuesto a las empresas, el retorno a un sistema integrado y una ventana de invariabilidad tributaria de hasta 20 años, todos con aplicación escalonada.
El recorrido del proyecto quedó registrado en la fuente: ingresó al Congreso el 22 de abril, fue despachado el 12 de agosto, completó su control ante el Tribunal Constitucional el 2 de octubre y fue firmado por el Presidente el 9 de octubre pasado.
UN CRONOGRAMA CON DOS VELOCIDADES
Para la puesta en marcha, el Servicio de Impuestos Internos (SII) dictará 13 circulares y 17 resoluciones. Ambos instrumentos serán sometidos a consulta pública y al análisis del Comité Tributario, que dispone de 10 días para examinarlos.
La fuente precisa el alcance de cada documento. Una circular es el instrumento mediante el cual el SII entrega instrucciones e interpretaciones administrativas al público general, a los contribuyentes y a sus propios funcionarios sobre la forma en que se aplicará una ley. Una resolución, en tanto, es un acto administrativo formal que adopta decisiones y que crea, modifica o extingue situaciones jurídicas, con carácter obligatorio tanto para la Administración como para sus destinatarios.
Según el cronograma de trabajo del SII, las normas más inmediatas son las del Impuesto Sustitutivo sobre impuestos finales (IUSIF), el régimen especial de exención de IVA para la venta de viviendas nuevas, la repatriación de capitales y las donaciones.
LAS MEDIDAS TRANSITORIAS
El IUSIF rige de manera inmediata una vez publicada la ley y su vigencia se extiende por ocho meses. También parte de inmediato el proceso de facilidades de pago y condonación de intereses y multas que aplicará la Tesorería General de la República para Pymes, Medianas Empresas y Personas Naturales, con un plazo de 180 días.
El régimen especial de exención de IVA para la venta de viviendas nuevas comenzará el 1 de diciembre de 2026 y durará un año. La rebaja transitoria del impuesto a las donaciones regirá para las donaciones formalizadas por escritura pública dentro del año contado desde el 1 de diciembre de 2026.
La nueva ventana para la repatriación de capitales, que incluye la posibilidad de declarar y de repatriar, se abre el primer día del tercer mes siguiente a la publicación de la ley, esto es, el 1 de enero de 2027, y se extiende por 12 meses.
LOS CAMBIOS PERMANENTES
Entre las modificaciones permanentes, la primera en ponerse en marcha es el crédito al empleo, focalizado en la creación de puestos de trabajo para la industria de exportación de servicios del conocimiento en la economía digital. El crédito por enfermedades catastróficas estará vigente a contar del 1 de enero de 2027, misma fecha desde la cual operará la eliminación del impuesto único de tasa 10% a la ganancia de capital.
El régimen de invariabilidad tributaria para extranjeros e inversionistas locales también regirá desde el 1 de enero de 2027, con plazos definidos por tramos: 10 años para inversiones desde US$ 50 millones e inferiores a US$ 100 millones; 15 años para inversiones desde US$ 100 millones e inferiores a US$ 350 millones; y 20 años para inversiones iguales o superiores a US$ 350 millones.
A la misma fecha del 1 de enero de 2027 quedó fijado el inicio de la eliminación del pago de contribuciones para los adultos mayores y la entrada en vigencia del impuesto único opcional de 5% para viviendas DFL2 de hasta 90 metros cuadrados construidos. A ese mismo impuesto único podrán acogerse las viviendas DFL2 de hasta 140 metros cuadrados construidos adquiridas nuevas, por el período de un año contado desde la fecha de publicación de la ley.
LA TRAYECTORIA DE LAS TASAS
La reducción de la Tasa del Impuesto de Primera Categoría será gradual: la primera rebaja operará en 2027, con la operación renta 2028, bajando del actual 27% a 25,5%; luego a 24% en 2028, con la operación renta 2029; y a 23% en 2029, con la operación renta 2030.
La reintegración del sistema sigue la misma lógica. En 2026 la restitución se mantiene en 35%; en 2027 baja a 30%; en 2028 llega a 20%; hasta alcanzar la integración total en 2029.
Fuente: Pulso, La Tercera
Documento original: https://www.latercera.com/pulso/noticia/megarreforma-donaciones-credito-al-empleo-y-repatriacion-de-capitales-entre-las-primeras-normas-en-entrar-en-vigencia/
Nota del Editor: Fotografía referencial generada por Inteligencia Artificial.


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