El futuro de la Ley de Reconstrucción Nacional y Desarrollo Económico sigue sin definirse luego de que el Senado suspendiera la votación final del proyecto debido al riesgo de rechazo advertido por el oficialismo. La ausencia de algunos parlamentarios y las dudas manifestadas por otros impidieron asegurar los 26 votos necesarios para aprobar el texto, lo que obligó a aplazar la sesión para inicios de agosto, una vez concluida la semana regional.
El punto en conflicto que mantiene trabada la iniciativa se concentra en el informe de la comisión mixta, que debía resolver el único aspecto donde no hubo acuerdo entre ambas cámaras: el Fondo Común Municipal. A ello se suman otras interrogantes que deberán ser despejadas antes de que la ley pueda ser promulgada y publicada, como los posibles vetos que prepara el Ejecutivo y los fallos que debe emitir el Tribunal Constitucional (TC) tras los requerimientos presentados por la oposición.
PROCESO LEGISLATIVO AÚN EN SUSPENSO
El Gobierno analiza vetar las normas sobre derecho al olvido financiero y la prohibición del anatocismo. Por su parte, las bancadas de oposición recurrieron al TC en relación con la invariabilidad tributaria y la compensación para inversiones cuya Resolución de Calificación Ambiental (RCA) sea anulada judicialmente. Solo una vez superadas esas etapas la ley podrá ser promulgada y publicada, dando inicio al calendario de entrada en vigencia.
Si ese proceso concluye durante agosto, las primeras disposiciones comenzarían a regir en octubre. Entre ellas se encuentra la ampliación del Fondo de Emergencia destinado a la reconstrucción tras los incendios de Valparaíso, Ñuble y Biobío, que incrementa sus recursos hasta $1,2 billones y extiende su vigencia hasta fines de 2028.
MEDIDAS QUE ENTRARÍAN EN VIGENCIA EN OCTUBRE
Junto con ello, partiría la exención transitoria del IVA para la primera venta de viviendas nuevas, uno de los principales incentivos para reactivar el sector de la construcción. Este beneficio estará disponible durante un año y sin límites de valor o superficie. También se activaría en octubre la rebaja del impuesto a las donaciones, que durante doce meses permitirá descontar el 50% del tributo para quienes cumplan los requisitos establecidos en la ley.
La medida busca recaudar recursos para financiar la reconstrucción, aunque ha despertado el interés de contribuyentes de alto patrimonio, ya que simplifica el proceso de donación al eliminar la necesidad de realizar la insinuación judicial y permite transferir hasta el 75% del patrimonio familiar. Asimismo, en octubre se abriría el proceso para acceder al crédito tributario destinado a empresas que exportan servicios basados en conocimiento. Tres meses después de la publicación de la ley comenzará la ventana para la repatriación de capitales.
REFORMA TRIBUTARIA ESTRUCTURAL
Los cambios de mayor calado tendrán una implementación más lenta. La rebaja del impuesto de primera categoría, la primera reducción de la tasa corporativa desde 1990, empezará a aplicarse en el año comercial 2027. En esa fecha el gravamen disminuirá desde el 27% al 25,5%. Posteriormente bajará a 24% en 2028 y alcanzará una tasa de 23% en 2029.
En paralelo, el sistema avanzará hacia la eliminación gradual de la restitución del crédito por impuesto de primera categoría. Este crédito disminuirá de 30% en 2027 a 20% en 2028, hasta desaparecer completamente en 2029. Junto con ello, comenzarán a implementarse la invariabilidad tributaria para grandes proyectos de inversión y el mecanismo de indemnización cuando una RCA sea anulada por errores atribuibles al Estado. Ambas materias dependerán previamente de reglamentos que deberá dictar el Ministerio de Hacienda.
MODIFICACIONES AL IMPUESTO TERRITORIAL
Otro de los ejes de la reforma apunta al impuesto territorial. Desde 2027 comenzará a regir la exención del pago de contribuciones para propietarios de 65 años o más respecto de una vivienda principal, beneficio que considera una cobertura del 100%. El financiamiento de esa medida es, precisamente, el único aspecto que aún deberá resolver la comisión mixta.
La ley también incorpora otras modificaciones vinculadas al costo de la vivienda, como un impuesto de 5% para quienes arrienden múltiples viviendas económicas desde la tercera propiedad y la exención temporal del IVA para incentivar la venta de inmuebles nuevos.
Con todo, si el proyecto supera los últimos obstáculos legislativos y constitucionales, las primeras medidas podrían comenzar a aplicarse en octubre, mientras que el núcleo tributario de la reforma se desplegará gradualmente entre 2027 y 2029.
Fuente: EMOL
Nota del Editor Fotografía referencial generada por Inteligencia Artificial.
