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El Diario Oficial de hoy publicó el Decreto 75 de 2026 del Ministerio del Trabajo, que aprueba el reglamento para ejecutar la ley N° 21.808 y su nuevo Sistema de Subsidio Unificado de Empleo. La edición también trae la fijación de los componentes variables del impuesto específico a los combustibles que regirán desde octubre, tres decretos del Ministerio de Energía sobre precios de paridad y de referencia, y dos resoluciones del SAG: una sobre vinos bajo alcohol y otra que declara áreas reglamentadas por Lobesia botrana en Ñuble.
Tributario y Laboral
Publican reglamento para ejecutar ley 21.808 de subsidio unificado de empleo. El Decreto 75 de 2026 del Ministerio del Trabajo aprueba el reglamento que ejecuta la ley N° 21.808, que crea un nuevo Sistema de Subsidio Unificado de Empleo. El texto regula la solicitud, tramitación, determinación, asignación y pago del beneficio, además de los antecedentes, las reliquidaciones y los reintegros. La norma opera respecto de personas trabajadoras y empresas del sector privado que soliciten el subsidio, y en la tramitación intervienen el Sence junto con otros organismos, entre ellos la Suseso, el IPS, la AFC y el SII. El decreto no consigna su fecha de entrada en vigencia. Veredictum dedica una nota aparte a este reglamento. Texto oficial (CVE 2880088)
Decreto 272: Hacienda fija componentes variables a combustibles desde octubre 2026. El Ministerio de Hacienda determinó los componentes variables del impuesto específico a los combustibles conforme a la ley N° 20.765. Los nuevos valores regirán desde el 1 de octubre de 2026 para las gasolinas, el diésel, el GLP vehicular y el gas natural comprimido. La determinación alcanza a importadores, productores y distribuidores de combustibles y a los contribuyentes del impuesto específico, y resulta relevante para las estaciones de servicio y para los asesores tributarios y energéticos que trabajan con estos tributos. La publicación no detalla los montos por producto. Texto oficial (CVE 2880246)
Regulación Sectorial
Energía fija precios de paridad de combustibles desde el 1 de octubre de 2026. El Ministerio de Energía publicó el decreto exento 234/2026, que fija los precios de paridad para las gasolinas de 93 y 97 octanos, el petróleo diésel y el gas licuado de petróleo vehicular. Los valores regirán desde el jueves 1 de octubre de 2026 y su cálculo comprende cuatro semanas, conforme a la ley 20.765. La fijación opera para importadores, distribuidores y comercializadores de combustibles derivados del petróleo, y sus efectos alcanzan a transportistas y consumidores, además de los abogados que asesoran en regulación energética. Texto oficial (CVE 2880500)
Energía fija precios de referencia de combustibles vigentes desde octubre. El Ministerio de Energía determinó los precios de referencia inferior, intermedio y superior para las gasolinas de 93 y 97 octanos, el diésel y el GLP vehicular. Los valores regirán desde el jueves 1 de octubre de 2026, conforme al mecanismo de estabilización de la ley 20.765. La determinación involucra a distribuidores y estaciones de servicio, y también a los consumidores de combustibles, además de los asesores regulatorios y los operadores del mercado energético que siguen este mecanismo. Texto oficial (CVE 2880498)
SAG fija obligaciones y requisitos para productores y elaboradores de vinos bajo alcohol. La Resolución Exenta N° 9.154/2026 del Ministerio de Agricultura, dictada por el SAG, establece obligaciones y requisitos para los productores y elaboradores de vinos bajo alcohol. La norma exige avisar al SAG con al menos 5 días de anticipación a la cosecha, indicando lugar, variedad, alcohol probable y azúcar, con el fin de controlar la genuinidad del producto y sus movimientos. Las obligaciones alcanzan a productores, bodegas elaboradoras y comercializadores de estos vinos, así como a los laboratorios y operadores vitivinícolas fiscalizados por el servicio. El texto no señala desde cuándo rige. Texto oficial (CVE 2878382)
SAG fija área reglamentada por Lobesia botrana en 21 comunas de Ñuble. El SAG de Ñuble estableció áreas reglamentadas por la Polilla del Racimo de la Vid en 21 comunas y ordenó la inmovilización de frutos, plantas o partes de vid y arándano. La resolución dispone medidas fitosanitarias de aplicación inmediata y deroga las resoluciones que indica. Las obligaciones recaen sobre propietarios, arrendatarios o tenedores de predios con vid y arándano en las comunas afectadas, e igualmente sobre transportistas y operadores que trasladen material vegetal desde el área reglamentada. La medida rige de inmediato desde su notificación, según la publicación del 30 de septiembre de 2026. Texto oficial (CVE 2876361)








