
La Corte de Apelaciones de Santiago acogió el recurso de nulidad deducido por el Servicio Agrícola y Ganadero (SAG) y anuló la sentencia del Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, confirmando de ese modo la desvinculación de un funcionario que obsequió un objeto de carácter sexual a una compañera de trabajo durante un «amigo secreto».
El fallo del tribunal de alzada, difundido por el Diario Constitucional, se pronuncia sobre la calificación jurídica de un episodio ocurrido al interior del servicio, en el marco de lo dispuesto por el Código del Trabajo.
ANTECEDENTES DEL CASO
De acuerdo con lo consignado en el recurso, el trabajador desvinculado mantenía una relación laboral con el SAG desde el 1 de enero de 2018. El suceso que dio origen al procedimiento ocurrió el 20 de diciembre de 2020, cuando hizo entrega del objeto de carácter sexual a una compañera durante una actividad institucional.
La resolución del tribunal de alzada precisa que la entrega se produjo «en presencia de otros funcionarios y en un contexto laboral». A partir de esos hechos se instruyó un sumario, que concluyó que «la conducta del actor infringió el reglamento interno incorporado a su contrato de trabajo». La desvinculación se materializó el 23 de septiembre de 2024.
EL ARGUMENTO DEL SERVICIO
El recurso de nulidad interpuesto por el SAG sostenía que el error de la sentencia del Juzgado de Letras del Trabajo capitalino estaba en la significación jurídica que otorgó a los hechos, «al calificarlos de broma de mal gusto y descartar la concurrencia de un incumplimiento grave», conforme al Código del Trabajo.
En esa línea, el servicio reprochó que se relativizó de manera errónea la gravedad del hecho bajo el pretexto de que el empleador no aportó antecedentes que demostraran una afectación concreta en la víctima, «tales como licencias médicas o informes psicológicos».
LA POSTURA DE LA CORTE
El tribunal de alzada capitalino acogió esa tesis y concluyó que el hecho no puede ser minimizado ni naturalizado como una «broma de mal gusto» ni como una conducta «lúdica».
En el mismo razonamiento, la Corte señaló que «la falta cometida por el actor posee una entidad cualitativamente grave que quebrantó de manera irreparable la confianza de la entidad empleadora».
EL FALLO
Sobre esa base, el tribunal acogió el recurso del SAG, anuló la sentencia del 31 de julio de 2025 y confirmó el despido del trabajador. La decisión reseña que «Habiéndose configurado un incumplimiento grave de las obligaciones que impone el contrato de trabajo, el despido se encuentra justificado».
La resolución añade que, por esa razón, la acción de despido indebido fue desestimada en todas sus partes, con costas.
Fuente: BioBioChile
Documento original: https://www.biobiochile.cl/noticias/nacional/region-metropolitana/2026/10/16/justicia-confirma-despido-de-trabajador-sag-que-regalo-consolador-a-companera-en-un-amigo-secreto.shtml
Nota del Editor: Fotografía referencial generada por Inteligencia Artificial.



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