Colegio de Abogados expulsa a Luis Hermosilla por graves infracciones éticas en el marco del Caso Audios
El Tribunal Ético del Colegio de Abogados de Chile A.G. aplicó la sanción máxima de expulsión al abogado Luis Edgardo Hermosilla Osorio, tras concluir las investigaciones disciplinarias iniciadas a propósito de los hechos conocidos como el «Caso Audios». La decisión, adoptada por unanimidad el 4 de junio de 2026, fue comunicada oficialmente por la orden gremial el 22 de junio del mismo año.
El caso se originó a partir de dos investigaciones de oficio. La primera fue instruida el 10 de abril de 2024 y la segunda el 27 de enero de 2025, ambas por orden del entonces presidente del Colegio de Abogados. Estas indagaciones se enfocaron en hechos públicos y notorios que podían constituir infracciones sancionables conforme al Código de Ética Profesional del gremio, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 6° del Reglamento Disciplinario.
LAS CAUSAS DE LA EXPULSION
El Tribunal Ético analizó los antecedentes recopilados durante las investigaciones y determinó, de forma unánime, que la conducta del abogado Hermosilla Osorio era constitutiva de las faltas más graves previstas en la normativa ética del Colegio. La sanción de expulsión fue impuesta con arreglo a los artículos 7° y 10° de los Estatutos de la orden.
Si bien el comunicado oficial no detalla los hechos específicos que fundaron la decisión, estos se vinculan directamente con el denominado «Caso Audios», una indagación que ha sacudido al mundo jurídico y político nacional durante los últimos años. El caso involucra conversaciones grabadas entre el abogado y diversas personas, algunas de ellas funcionarios públicos, que habrían puesto en entredicho la probidad y el ejercicio ético de la profesión.
RECURSO DE APELACION ANTE LA CORTE
El abogado sancionado no acató la resolución de manera pasiva. Con fecha 17 de junio de 2026, y amparado en el artículo 28° del Reglamento Disciplinario, así como en la garantía constitucional del artículo 19 N° 16 de la Constitución Política, Hermosilla Osorio presentó un recurso de Apelación en contra de la sentencia de expulsión.
Dicho recurso deberá ser conocido y resuelto por la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Santiago, instancia judicial que revisará tanto los fundamentos de la sanción como el debido proceso seguido por el Tribunal Ético del Colegio de Abogados. La apelación implica que, mientras el tribunal de alzada no se pronuncie, la medida de expulsión no se encuentra ejecutoriada.
RELEVANCIA JURIDICA Y PROFESIONAL
Este fallo disciplinario representa un hito en la aplicación del Código de Ética Profesional chileno. La expulsión de un abogado de su colegio profesional es la sanción más severa que puede imponer el organismo gremial, y su aplicación unánime refleja la gravedad con que el Tribunal Ético valoró las conductas investigadas en el «Caso Audios».
Para el mundo legal chileno, la decisión reafirma la capacidad fiscalizadora del Colegio de Abogados y su compromiso declarado con la observancia de los principios éticos que rigen el ejercicio de la abogacía. La orden gremial señaló en su comunicado que actúa «en resguardo de la fe pública y de la dignidad de la abogacía», subrayando la importancia de mantener estándares de conducta intachables entre los profesionales del derecho.
El desenlace de este proceso disciplinario, sin embargo, queda en suspenso hasta que la Corte de Apelaciones de Santiago se pronuncie sobre el recurso interpuesto. El caso continuará generando debate en el ámbito jurídico sobre los límites de la ética profesional y el rol de los tribunales colegiales en la sanción de conductas que afectan la credibilidad del sistema judicial.
Rol no identificado en la fuente. Tribunal Ético del Colegio de Abogados de Chile A.G.; recurso de apelación ante la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Santiago.
Nota del Editor Fotografía referencial generada por Inteligencia Artificial.
