
Boletín N° 18.580-07: PROYECTO DE REFORMA CONSTITUCIONAL SOBRE INHABILIDAD PARA EX OFICIALES EN CARGOS POLÍTICOS
El Boletín N° 18.580-07 contiene un proyecto de reforma constitucional, iniciado en moción de un grupo de senadores, que propone modificar el artículo 101 de la Carta Fundamental. La iniciativa busca establecer una inhabilidad temporal para que los oficiales generales y superiores de las Fuerzas Armadas y de las Fuerzas de Orden y Seguridad Pública puedan ser designados en cargos de exclusiva confianza política.
El proyecto se enmarca en el Capítulo XI de la Constitución, relativo a las Fuerzas Armadas, de Orden y Seguridad Pública. El inciso tercero del artículo 101 señala que estas instituciones son esencialmente obedientes y no deliberantes, además de profesionales, jerarquizadas y disciplinadas. La moción busca complementar esta regulación con nuevas inhabilidades para el ejercicio de cargos políticos.
CONTEXTO CONSTITUCIONAL
La fuente hace referencia al artículo 57 de la Constitución Política, que establece las inhabilidades para ser candidatos a diputados o senadores. En su numeral 10, se incluye a los Comandantes en Jefe del Ejército, de la Armada y de la Fuerza Aérea, al General Director de Carabineros, al Director General de la Policía de Investigaciones, al Director Nacional de Gendarmería y a los oficiales pertenecientes a las Fuerzas Armadas y a las Fuerzas de Orden y Seguridad Pública. Esta inhabilidad se aplica a quienes hubieren tenido esas calidades dentro del año inmediatamente anterior a la elección.
La propuesta extiende este principio a los cargos de exclusiva confianza política, estableciendo un período de espera de un año antes de que los altos oficiales puedan asumir dichas funciones. Se busca garantizar la imparcialidad de las decisiones adoptadas en el cargo respectivo, la debida probidad funcionaria y evitar el uso de información privilegiada y el mal uso de recursos públicos.
FUNDAMENTOS DE LA INICIATIVA
La moción señala que establecer un período de inhabilidad para ser designado en ministerios, subsecretarías o delegaciones presidenciales permite prevenir que las decisiones de instituciones esencialmente obedientes y no deliberantes sean afectadas por intereses político-coyunturales. Se busca que exista una separación efectiva entre el ejercicio de las facultades de las autoridades militares y policiales y los cargos políticos de confianza.
De esta forma, se limita la politización de los mandos militares y policiales y la eventual militarización de cargos civiles de confianza política. La iniciativa impide que ex oficiales superiores ingresen de inmediato después de su retiro o renuncia a la actividad política militante, evitando el paso directo desde instituciones permanentes de la República a cargos de designación político-partidaria.
TEXTO PROPUESTO
El proyecto de reforma constitucional establece un artículo único que agrega un nuevo inciso final al artículo 101 de la Constitución, con el siguiente texto: Los oficiales generales y oficiales superiores de las Fuerzas Armadas y de las Fuerzas de Orden y Seguridad Pública no podrán ser designados Ministros de Estado, subsecretarios, delegados presidenciales regionales, delegados presidenciales provinciales y secretarios regionales ministeriales, sino hasta transcurrido un año desde la fecha de su retiro o cese de funciones.
La iniciativa busca asegurar que el uso legítimo de la fuerza en la seguridad exterior del país y las estrategias de seguridad interior y de orden público se gestionen bajo criterios estrictamente institucionales y de Estado. Se pretende evitar que las decisiones de los oficiales superiores se alineen con los intereses del gobierno de turno o con determinado sector político-partidario, en función de su futuro laboral inmediato.
REPERCUSIONES PARA EL MUNDO LEGAL Y POLÍTICO
Esta iniciativa tiene implicancias significativas para el derecho constitucional y administrativo. Reafirma el principio de que las inhabilidades para ejercer cargos públicos deben ser interpretadas en armonía con los derechos adquiridos y las expectativas legítimas de los ciudadanos. Para el ámbito político, genera un espacio de discusión sobre cómo compatibilizar la necesaria neutralidad de las Fuerzas Armadas y de Orden con el derecho de sus ex integrantes a participar en la vida pública.
La propuesta no constituye un fallo judicial, sino una moción parlamentaria que busca modificar la Constitución. Al tratarse de un proyecto de reforma, queda abierta la discusión sobre si el legislador deberá establecer un régimen transitorio claro para su aplicación, evitando así la judicialización de futuros nombramientos.
Rol no identificado en la fuente.
Nota del Editor Fotografía referencial generada por Inteligencia Artificial.














