
Karen Rojo Venegas suma un nuevo tropiezo en su intento por dejar la cárcel. La exalcaldesa de Antofagasta, que cumple en el Centro Penitenciario Femenino de Santiago una condena de cinco años y un día de presidio por fraude al Fisco, buscaba que el Juzgado de Garantía de Antofagasta convocara una audiencia para discutir el reemplazo de la pena por libertad vigilada intensiva. El informe técnico de Gendarmería fue desfavorable y la jueza Claudia Campusano Reinike rechazó fijar la audiencia mediante resolución del viernes 30 de octubre de 2026.
EL INFORME QUE NO RECOMIENDA EL REEMPLAZO
El Centro de Reinserción Social Santiago Occidente elaboró el informe criminológico en el marco de la postulación de Rojo a la denominada pena mixta, evaluando factores de riesgo de reincidencia y posibilidades de reinserción social. En sus conclusiones el documento consigna: «NO SE RECOMIENDA el reemplazo de la pena privativa de libertad, por el régimen de Libertad Vigilada Intensiva». Ese pronunciamiento llegó al tribunal mediante el Ordinario N° 410 del mismo centro, según recogió la resolución judicial.
LA CONDUCTA COMO REQUISITO
Uno de los antecedentes de mayor peso aparece en la síntesis criminológica del informe, que alude a un oficio del propio Centro Penitenciario Femenino de Santiago. Se trata del Oficio N° 2387, fechado el 13 de agosto de 2026, según el cual la exjefa comunal no reúne una de las condiciones exigidas para acceder al beneficio penitenciario: «NO cumple con el requisito de la letra D, ya que No registra tres bimestres de muy buena o buena conducta». La evaluación de conducta es uno de los requisitos establecidos para acceder al mecanismo de pena mixta contemplado en el artículo 33 de la Ley 18.216.
LA DECISIÓN DEL JUZGADO DE GARANTÍA
Con esos antecedentes incorporados a la causa, la magistrada se pronunció sobre la petición de la defensa y estableció: «Estese al mérito de lo informado por Centro de Reinserción Social Santiago Occidente y no contando la condenada con informe favorable no ha lugar a fijar audiencia». De ese modo, el tribunal descartó convocar la audiencia pedida, considerando que la condenada no cuenta con un informe favorable del organismo encargado de evaluar su eventual acceso al régimen. La resolución también ordenó comunicar lo decidido al Centro Penitenciario Femenino de Santiago, con el objetivo de notificar formalmente a la exalcaldesa.
LA DEFENSA Y LOS 85 DÍAS DE ESPERA
La decisión se produce después de una serie de gestiones de la defensa. El abogado defensor privado Fidel Castro Allendes había solicitado al tribunal fijar una audiencia, argumentando que habían transcurrido más de 85 días de espera por el informe de Gendarmería, documento necesario para discutir la eventual sustitución de la pena privativa de libertad. En esa presentación buscaba que se avanzara en la tramitación pese a la demora en la entrega de los antecedentes. El escenario cambió con la recepción del informe, cuyo resultado fue adverso para la exautoridad municipal.
SIN CAMBIOS EN LA EJECUCIÓN
Con esta nueva resolución, Karen Rojo continuará cumpliendo su condena en el Centro Penitenciario Femenino de Santiago, mientras no exista una decisión judicial posterior que modifique su situación. La exalcaldesa fue condenada a cinco años y un día de presidio por fraude al Fisco, en una de las causas judiciales de mayor repercusión política en Antofagasta durante los últimos años.
APLICABILIDAD PARA ABOGADOS
Para quienes tramitan solicitudes de sustitución de pena, la resolución describe un trámite en que el informe del organismo técnico opera como condición de entrada: el tribunal se remite a su mérito y, sin pronunciamiento favorable, no convoca la audiencia. El caso también muestra el peso del registro conductual intramuros, pues el oficio del recinto penitenciario incide directamente en el requisito de la letra D de la Ley 18.216. Ambos antecedentes quedaron incorporados a la causa antes del pronunciamiento del Juzgado de Garantía de Antofagasta.
En nuestra lectura, el caso ilustra con claridad cómo el resultado de un informe técnico puede definir el curso de una pretensión de sustitución de pena antes de que exista discusión en audiencia. Parece razonable, entonces, que la defensa mida con cuidado el momento y los antecedentes con que insiste en su solicitud.
Fuente: timeline.cl
Documento original: https://www.timeline.cl/reves-judicial-para-karen-rojo-gendarmeria-no-recomienda-su-salida-de-prision-y-tribunal-rechaza-fijar-audiencia/
Nota del Editor: Fotografía referencial generada por Inteligencia Artificial.








