
Tras una herencia en cero: banco deberá restituir los fondos traspasados a Bomberos
Una herencia familiar de 107 millones de pesos terminó con saldo cero. El banco traspasó esos recursos a la Junta Nacional de Cuerpo de Bomberos de Chile sin contar con autorización y luego negó información a los herederos. Ese es el eje del caso que la Corte de Apelaciones de Concepción conoció al acoger un recurso de protección y que fue expuesto en un video difundido en YouTube.
LA DECISIÓN JUDICIAL Y SU IMPUGNACIÓN
El tribunal de alzada penquista acogió la acción cautelar y dispuso que la entidad financiera reintegrara los fondos, de modo que la partición hereditaria pudiera continuar, además de ordenar otras medidas.
Pese a ese resultado, Banco Itaú decidió llevar el caso ante la Corte Suprema mediante la impugnación del fallo, de manera que la controversia continúa abierta en sede judicial.
LOS REPAROS AL ACTUAR DEL BANCO
El fallo no se limitó a declarar la ilegalidad de lo sucedido. También se detuvo en la conducta de la institución financiera, que denegó sin justificación los antecedentes solicitados y pidió documentos del Registro Civil vinculados a la posesión notoria, exigencia que carecía de respaldo normativo, entre otras conductas cuestionadas.
Ese proceder resultaba especialmente difícil de justificar porque el expediente de posesión efectiva daba cuenta de gestiones realizadas en 2021 y también en 2025. La sentencia subrayó que una decisión judicial ejecutoriada constituye un instrumento de rango superior, cuyo desconocimiento arbitrario no resulta admisible para una entidad bancaria. Ambos elementos, la exigencia de documentos sin sustento y la falta de respuesta a los requerimientos, pesaron al momento de evaluar el comportamiento del banco.
EL ORIGEN DE LA DISPUTA
Un matrimonio dejó a sus hijos una herencia cuyo monto superaba los 107 millones de pesos. Al iniciar las gestiones para cobrarla, los herederos comprobaron que la cuenta mostraba un saldo de cero. La existencia de eventuales movimientos irregulares y la negativa de la entidad a entregar una respuesta formal llevaron a que uno de ellos presentara un recurso de protección ante la Corte de Apelaciones de Concepción.
EL PLAZO QUE ANTECEDE AL TRASPASO
El tribunal acreditó que Banco Itaú traspasó el dinero, sin autorización, a la Junta Nacional de Cuerpo de Bomberos de Chile, luego de declarar la caducidad de la acreencia y de habilitar así el traspaso del monto millonario.
Durante la exposición del caso se explicó el mecanismo aplicable: si transcurren dos años sin movimientos ni acciones de cobro, la entidad debe publicar la acreencia y aguardar tres años más. El plazo total llega entonces a cinco ejercicios y, cumplido ese término, la Ley General de Bancos reserva esos dineros para el cuerpo de bomberos.
QUÉ SE NECESITA PARA RETIRAR FONDOS HEREDADOS
En el análisis del caso se precisó que, para disponer de fondos heredados depositados en cuentas bancarias, es indispensable completar la tramitación de la posesión efectiva. Ese procedimiento se sigue ante el Poder Judicial cuando la sucesión es testada y ante el Servicio de Registro Civil e Identificación cuando es intestada.
Para solicitar información, en cambio, se requiere una resolución administrativa o judicial, según el organismo donde se haya tramitado la causa. Se trata de un paso intermedio dentro de la propia solicitud de posesión efectiva, que en la práctica condiciona el acceso de los herederos a los antecedentes de la cuenta. El punto importa a quien enfrenta una sucesión, pues la vía por la que se tramite la posesión determina qué tipo de resolución se necesitará para obtener los datos bancarios.
Nota del Editor Fotografía referencial generada por Inteligencia Artificial.








